Consejo de Estado niega tutela contra decisión del Tribunal Superior sobre calificación de servicios de empleado judicial
Proviene de: Sentencias
7 de julio de 2026 20:43:52
Contexto y tribunal competente
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, del Consejo de Estado decidió en primera instancia sobre una acción de tutela presentada contra el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta y el Juzgado Doce Civil Municipal de la misma ciudad. La acción fue instaurada por un empleado judicial, oficial mayor en propiedad, quien consideró vulnerados sus derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia, igualdad y trabajo, a raíz de la calificación integral de sus servicios correspondiente al segundo semestre de 2024.
Antecedentes fácticos y procesales
El empleado judicial fue calificado con una puntuación que corresponde a una evaluación buena. Contra esta calificación interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación, además de recusar al juez que realizó la evaluación, argumentando conflicto de intereses debido a una queja previa por acoso laboral. La recusación fue declarada infundada por la Sala Plena del Tribunal Superior, que devolvió el trámite para que el juez continuara con la evaluación.
Posteriormente, el Tribunal Superior emitió una resolución en la que se abstuvo de resolver el recurso de apelación, argumentando que no era competente para conocer recursos contra calificaciones de servicios de empleados judiciales, pues no se considera superior administrativo o funcional en ese ámbito.
Ante esta decisión, el empleado judicial interpuso acción de tutela, alegando vulneración del derecho al debido proceso y la garantía de doble instancia, con base en la Ley 270 de 1996, la jurisprudencia del Consejo de Estado y principios constitucionales.
Análisis jurídico de la providencia
La Sala del Consejo de Estado recordó que la acción de tutela es subsidiaria...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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