Consejo de Estado decide sobre admisibilidad de habeas corpus y remite trámite a instancia competente
Proviene de: Sentencias
7 de julio de 2026 20:44:30
Contexto y competencia para el conocimiento del habeas corpus
El Consejo de Estado, en su Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda, Subsección B, conoció un auto relacionado con una solicitud de habeas corpus presentada contra un Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá. La petición buscaba la libertad inmediata de una persona privada de la libertad, alegando el incumplimiento del plazo legal para su presentación ante juez tras la captura.
El habeas corpus es una acción constitucional que protege la libertad personal frente a detenciones ilegales o prolongaciones indebidas. La Ley 1095 de 2006 reglamenta el artículo 30 de la Constitución Política y establece que la competencia para conocer estas solicitudes corresponde a todos los jueces y tribunales de la Rama Judicial, en primera instancia, siendo los jueces individuales o corporaciones equivalentes a Tribunales Superiores quienes deben resolver inicialmente.
Antecedentes fácticos y procesales
La persona privada de la libertad fue capturada el 16 de mayo de 2026. Según la solicitud, no se cumplió el plazo legal para su presentación ante un juez de control de garantías. La solicitud de habeas corpus fue ingresada a través de la ventanilla virtual en día y hora inhábil (domingo 17 de mayo a las 23:54), por lo que su reparto efectivo se realizó el primer día hábil siguiente, el 19 de mayo de 2026.
El Consejo de Estado señaló que, conforme a la jurisprudencia constitucional, la competencia para conocer el habeas corpus en primera instancia corresponde a jueces individuales o tribunales de distrito, no a la corporación de segunda instancia. Además, el lugar para...
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