Consejo de Estado niega suspensión provisional de resolución sobre suspensión de términos en la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada
Proviene de: Sentencias
7 de julio de 2026 20:59:41
Tribunal e instancia procesal
La providencia fue emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Consejo de Estado, máxima jurisdicción en materia contencioso-administrativa, en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. Se trata de un auto interlocutorio dictado el 23 de junio de 2026.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se inició con la solicitud presentada contra la Resolución expedida por el Superintendente encargado de Vigilancia y Seguridad Privada, mediante la cual se suspendían temporalmente los términos de prescripción y caducidad en las actuaciones administrativas de la entidad. La resolución establecía que dicha suspensión tendría efecto desde el 23 de septiembre hasta el 4 de octubre de 2024.
La solicitante, en ejercicio del medio de control de nulidad previsto en el artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), pidió la nulidad de la resolución y, además, la suspensión provisional de sus efectos. Argumentó que la aplicación de la suspensión vulneraba diversos preceptos constitucionales y normas administrativas, además de afectar derechos fundamentales al extender competencias sancionatorias de forma indebida.
El Consejo de Estado corrió traslado de la solicitud a la Superintendencia demandada, que no se pronunció sobre la medida cautelar.
Consideraciones y fundamentos de la decisión
Para decretar la suspensión provisional de un acto administrativo, la jurisprudencia exige que el acto demandado esté causando efectos jurídicos mientras se resuelve el fondo del asunto, y que exista una presunta violación del ordenamiento jurídico que justifique la medida cautelar.
En este caso, la Sala analizó el contenido de la resolución y comprobó que la suspensión temporal de los...
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