Consejo de Estado confirma tutela ambiental frente a actividad porcícola en Boyacá
Proviene de: Sentencias
7 de julio de 2026 21:16:14
Contexto y tribunal competente
La providencia fue dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en segunda instancia, como respuesta al recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Tribunal Administrativo de Boyacá, proferida el 12 de diciembre de 2024. El proceso se originó a partir de una acción popular interpuesta por la Procuraduría Judicial Agraria y Ambiental de Tunja, dirigida a proteger derechos colectivos vinculados con el medio ambiente y la salud pública.
Antecedentes fácticos y procesales
La Procuraduría denunció que en el municipio de Tibaná se desarrollaba una actividad porcícola de escala industrial que afectaba el entorno por el manejo inadecuado de residuos y vertimientos. Durante las visitas de inspección se detectaron incumplimientos en permisos de vertimientos y protocolos de bioseguridad. A pesar de requerimientos realizados a la autoridad ambiental y al municipio, no se adoptaron todas las medidas preventivas ni sancionatorias necesarias para controlar la contaminación por olores ofensivos y emisiones nocivas.
La acción popular solicitó, entre otras medidas, la finalización de operaciones en determinadas granjas porcícolas, la estructuración de planes de abandono y cierre, y la implementación de planes específicos para reducir olores ofensivos y vertimientos contaminantes. En defensa, el representante judicial del productor porcícola argumentó la inexistencia de afectación comprobada, el cumplimiento de permisos y planes de mitigación vigentes, y cuestionó la validez técnica de ciertos informes ambientales.
Las autoridades ambientales y municipales adujeron que han ejercido sus competencias para controlar la actividad, aunque reconocieron limitaciones en la regulación territorial vigente. Varias intervenciones ciudadanas manifestaron la falta de cumplimiento de normativas y...
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