Consejo de Estado aclara fundamentos en improcedencia de tutela contra decisión judicial sobre recursos en dictamen pericial
Proviene de: Sentencias
7 de julio de 2026 21:38:13
Contexto y tribunal competente
La decisión fue adoptada por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, del Consejo de Estado, en segunda instancia, en el marco de una acción de tutela radicada contra el Juzgado Primero Administrativo del Circuito Judicial de Neiva y la Junta Regional de Calificación de Invalidez del Huila. La providencia fue dictada por el magistrado ponente encargado del caso.
Antecedentes fácticos y procesales
El accionante solicitó la nulidad de la actuación judicial relacionada con la falta de trámite de los recursos de reposición y en subsidio de apelación presentados contra un dictamen pericial emitido por la Junta Regional de Calificación de Invalidez. Estos recursos habían sido rechazados mediante auto judicial del 25 de noviembre de 2025. La motivación del rechazo se basó en que el dictamen pericial, emitido con fines probatorios en un proceso judicial, no es susceptible de recursos, conforme a la normativa aplicable. Además, se advirtió que el interesado no ejerció oportunamente los mecanismos legales de contradicción del dictamen, previstos en el artículo 228 del Código General del Proceso.
Consideraciones jurídicas y aclaración del voto
La Sala confirmó la improcedencia de la acción de tutela por no haberse cumplido el requisito de subsidiariedad, dado que el actor debió acudir inicialmente a los recursos administrativos y judiciales establecidos para controvertir la decisión impugnada. En particular, la Sala señaló que el recurso idóneo para impugnar el rechazo de los recursos de reposición y apelación era el recurso de queja previsto en el artículo 245 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificado por la Ley 2080...
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