Consejo de Estado confirma improcedencia de acción de cumplimiento contra el Consejo Superior de la Judicatura por falta de presupuesto para concurso de méritos
Proviene de: Sentencias
7 de julio de 2026 21:44:14
Contexto y trámite procesal
La Sala Quinta de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en segunda instancia, resolvió la impugnación interpuesta contra la sentencia del Tribunal Administrativo de Santander que declaró improcedente una acción de cumplimiento promovida contra el Consejo Superior de la Judicatura.
La demanda fue presentada en ejercicio de la acción prevista en la Ley 393 de 1997, con el objeto de que la entidad accionada expidiera el acto administrativo de convocatoria a concurso de méritos para proveer cargos de empleados y funcionarios de la Rama Judicial cuyos registros de elegibles se encontraban agotados o vencidos a nivel nacional. Asimismo, se solicitó la presentación de un cronograma que garantizara el respeto a los principios de la carrera administrativa consagrados en la Constitución Política.
El fundamento fáctico de la demanda se basó en que, conforme a la reforma introducida por la Ley 2430 de 2024, la convocatoria a concurso de méritos es obligatoria cuando el registro de elegibles resulte insuficiente. Según certificaciones seccionales, algunos registros habían perdido vigencia y numerosos cargos estaban siendo provistos en provisionalidad, lo que evidenciaría la insuficiencia del registro.
Luego de la admisión de la demanda, el Consejo Superior de la Judicatura solicitó la improcedencia del proceso argumentando que la convocatoria implica gasto público no presupuestado, y que la acción de cumplimiento no puede utilizarse para ordenar gastos ni sustituir competencias administrativas y presupuestales. La entidad informó además que se adelantan convocatorias en curso y que la programación institucional está sujeta a disponibilidad de recursos.
El Tribunal Administrativo de Santander, en sentencia del 19 de mayo de 2026, declaró...
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