Corte Suprema define competencia en proceso de imposición de servidumbre contra entidad pública
Proviene de: Sentencias
7 de julio de 2026 22:16:36
Contexto y antecedentes del caso
El conflicto surgió entre el Juzgado Treinta y Cinco Civil del Circuito de Bogotá D.C. y el Juzgado Primero Civil del Circuito de Neiva, sobre quién debía conocer una demanda de imposición de servidumbre especial para la conducción de energía eléctrica. La demanda fue interpuesta por una sociedad de economía mixta contra una entidad pública, sobre un inmueble ubicado en el departamento del Huila, cercano a las ciudades de Neiva y Aipe.
La parte actora presentó la demanda inicialmente ante el juzgado de Bogotá, argumentando competencia en virtud del numeral 10 del artículo 28 del Código General del Proceso (CGP), que otorga competencia privativa al juez del domicilio de la entidad pública cuando esta sea parte en procesos contenciosos. Sin embargo, el juzgado de Bogotá rechazó la demanda por falta de competencia territorial y remitió el proceso al juzgado de Neiva.
Por su parte, el juzgado de Neiva consideró que no le correspondía conocer el asunto y promovió el conflicto de competencia ante la Corte Suprema de Justicia. Este juzgado fundamentó su posición en que el inmueble objeto de la servidumbre está ubicado en su jurisdicción y en precedentes jurisprudenciales que indican la aplicación del factor territorial para determinar la competencia en procesos sobre derechos reales.
Consideraciones jurídicas de la Corte Suprema
La Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia examinó el conflicto con base en los artículos 139 del Código General del Proceso y 16 de la Ley 270 de 1996, modificado por la Ley 1285 de 2009, que regulan los conflictos de...
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