Corte Suprema declara prematuro conflicto de competencia entre juzgados de Bogotá y Cali en proceso monitorio
Proviene de: Sentencias
7 de julio de 2026 22:17:57
Contexto y naturaleza de la decisión
La providencia judicial es un auto emitido por la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, en respuesta a un conflicto negativo de competencia suscitado entre dos juzgados: el Juzgado Treinta Civil Municipal de Bogotá y el Juzgado Quinto Municipal de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Santiago de Cali. La controversia surge en el marco de un proceso monitorio promovido para el cobro de una deuda derivada de un préstamo.
Antecedentes fácticos y procesales
Una sociedad comercial promovió un proceso monitorio contra una persona natural para obtener el pago de una suma de dinero. Inicialmente, el Juzgado Treinta Civil Municipal de Bogotá rechazó conocer del asunto por considerar que el proceso monitorio procede únicamente para obligaciones dinerarias de mínima cuantía, y que la competencia correspondía a los juzgados municipales de pequeñas causas y competencia múltiple, además de aplicar la regla general de competencia territorial basada en el domicilio del demandado, ubicado en Cali. Por ello, remitió el expediente a los juzgados de dicha ciudad.
Contrariamente, el Juzgado Quinto Municipal de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Cali también rechazó conocer del proceso, señalando que en la demanda se indicó que el demandado tenía domicilio en Bogotá. Este juzgado fundamentó su decisión en la regla general de competencia territorial que asigna la competencia al juez del domicilio del demandado y promovió el conflicto negativo de competencia, remitiendo el expediente a la Corte Suprema de Justicia.
Consideraciones jurídicas de la Corte Suprema
La Sala recordó que el artículo 28 del Código General del Proceso establece...
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