Corte Suprema de Justicia resuelve conflicto de competencia entre juzgados de Bogotá y Medellín en proceso ejecutivo
Proviene de: Sentencias
7 de julio de 2026 22:18:19
Contexto y antecedentes del conflicto
El conflicto de competencia surgió entre dos juzgados de diferentes ciudades: el Juzgado Treinta de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá y el Juzgado Dieciocho Civil Municipal de Medellín. La disputa se originó a partir de una demanda ejecutiva presentada por una sociedad mercantil para obtener el pago de una suma pendiente por una factura electrónica de venta. La demandante atribuyó la competencia a los juzgados civiles promiscuos municipales y/o de pequeñas causas de Bogotá, basándose en la naturaleza, cuantía de la acción y el lugar donde debía cumplirse la obligación, conforme a los artículos 17 y 26 del Código General del Proceso y el artículo 1645 del Código Civil.
El juzgado de Bogotá libró un mandamiento de pago, pero la sociedad demandada objetó la competencia de ese despacho. Posteriormente, ese juzgado declaró probada la excepción de falta de competencia, argumentando que la factura no contenía estipulación sobre el lugar de cumplimiento, por lo que aplicó el fuero general del domicilio del demandado, que correspondía a Medellín, y remitió el caso a los juzgados de esa ciudad.
Por su parte, el juzgado de Medellín planteó el conflicto de competencia, sosteniendo que, según el numeral 3° del artículo 28 del Código General del Proceso, la parte demandante puede elegir entre el domicilio del demandado y el lugar de cumplimiento de la obligación para fijar competencia. Al considerar que la factura electrónica no indicaba expresamente el lugar de cumplimiento, aplicó el artículo 621 del Código de Comercio, que establece que en ausencia de estipulación el lugar de cumplimiento es...
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