Corte Suprema declara prematuro conflicto de competencia entre juzgados de Pequeñas Causas de Bogotá y Soacha
Proviene de: Sentencias
7 de julio de 2026 22:22:8
Contexto del conflicto y tribunal competente
La providencia analizada corresponde a un auto emitido el 30 de junio de 2026 por la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia. El caso se originó en un proceso ejecutivo presentado ante los juzgados de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple, donde se suscitó un conflicto de competencia territorial entre el juzgado de Bogotá y el de Soacha, ambos instancias de primera instancia en el orden judicial.
Antecedentes fácticos y procesales
En primera instancia, se presentó demanda ejecutiva en contra de una persona natural, solicitando el mandamiento de pago de una letra de cambio. La demandante atribuyó inicialmente competencia a los juzgados de pequeñas causas de Bogotá, argumentando que la cuantía era inferior a 40 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV). Sin embargo, el Juzgado Ochenta y Uno de Bogotá rechazó la demanda por considerar que no era competente territorialmente, pues el domicilio del demandado se ubicaba en Soacha, conforme al artículo 28 del Código General del Proceso.
Por otro lado, el Juzgado Cuarto de Soacha también rechazó conocer el proceso, basando su decisión en que la parte demandante podía elegir el lugar de cumplimiento de la obligación, que en este caso era Bogotá, conforme al fuero contractual previsto en el mismo artículo legal.
Consideraciones jurídicas de la Corte Suprema
La Sala recordó que el artículo 28 del Código General del Proceso establece la regla general de competencia territorial en cabeza del juez del domicilio del demandado, salvo disposición legal en contrario. Asimismo, contempla la competencia subsidiaria en caso de desconocimiento del domicilio y...
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