Corte Suprema de Justicia confirma nulidad de traslado pensional y niega recurso de casación a administradora de fondos de pensiones
Proviene de: Sentencias
7 de julio de 2026 22:31:37
Providencia judicial y tribunal de origen
La providencia analizada es un auto emitido por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, máxima instancia jurisdiccional en materia laboral. Se resuelve un recurso de casación presentado contra una sentencia de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, segunda instancia en el proceso ordinario laboral.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó por una demanda ordinaria laboral promovida por una afiliada contra tres entidades administradoras de fondos de pensiones y cesantías, en la cual solicitó que se declarara la ineficacia del traslado de su régimen pensional del Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida (RSPMPD) al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS). Además, pidió la devolución de todos los valores relacionados con su cuenta de ahorro individual, incluyendo cotizaciones, bonos pensionales, sumas adicionales y sus rendimientos.
El juzgado de primera instancia declaró la nulidad del traslado y condenó a la administradora de fondos de pensiones demandada a transferir a la administradora pública de pensiones la totalidad de los recursos de la cuenta individual de la afiliada, junto con los intereses generados, y a remitir la información laboral actualizada. También se ordenó a la administradora pública recibir a la afiliada sin interrupciones en el régimen público y actualizar su historia laboral.
La Sala Laboral del Tribunal Superior confirmó íntegramente esta sentencia en segunda instancia. La administradora de fondos de pensiones interpuso recurso de casación, el cual fue negado inicialmente por el Tribunal por considerar que carecía de interés jurídico para recurrir, dado que había manifestado conformidad con la...
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