Corte Suprema niega tutela sobre división material de predio rural en proceso divisorio en Bucaramanga
Proviene de: Sentencias
7 de julio de 2026 22:54:37
Contexto y naturaleza de la decisión
La Corte Suprema de Justicia, en calidad de instancia de casación, profirió una sentencia el 27 de abril de 2026 en la que resolvió una tutela instaurada por un sindicato contra providencias judiciales dictadas por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga y el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de la misma ciudad. La tutela pretendía dejar sin efecto dichas decisiones relacionadas con un proceso divisorio de un inmueble rural y ordenar una nueva sentencia que permitiera la división material del predio.
Antecedentes fácticos y procesales
El sindicato solicitó la protección de derechos fundamentales como el debido proceso, defensa, contradicción, propiedad privada, extinción de la comunidad y acceso a la justicia, argumentando que las providencias judiciales fechadas en agosto y diciembre de 2024, así como en febrero de 2026, desconocieron excepciones legales a la Unidad Agrícola Familiar (UAF) mínima establecida en el Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT) del municipio. Señaló que el predio no tenía destinación agrícola sino de vivienda campesina, circunstancia que permitiría la división en lotes menores a la UAF conforme al artículo 45 de la Ley 160 de 1994 y que existía licencia urbanística vigente para dicha subdivisión.
El Juzgado Cuarto Civil del Circuito negó la demanda de división material con fundamento en la normativa agraria y urbanística, señalando que los lotes propuestos eran inferiores a la UAF mínima de 2.8 hectáreas y, por tanto, la división no procedía. La Sala Civil Familia del Tribunal Superior confirmó esta decisión en apelación.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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