Corte Suprema de Justicia confirma improcedencia de tutela presentada por administradora de fondos de pensiones contra decisiones judiciales del Tribunal Superior de Cali
Proviene de: Sentencias
7 de julio de 2026 23:24:0
Contexto y naturaleza de la decisión
La providencia en análisis es una sentencia proferida por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, en instancia de segunda apelación, mediante la cual se resuelve la impugnación presentada contra un fallo de tutela emitido por la Sala de Casación Laboral de esta misma Corporación. La acción constitucional fue instaurada por una Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías (AFP) que cuestionaba la actuación judicial del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, Sala Laboral, en varios procesos ordinarios laborales.
Antecedentes fácticos y procesales
La AFP enfrentó once procesos ordinarios laborales en los que se discutió la ineficacia del traslado de recursos del Régimen de Prima Media al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS). En primera instancia, los jueces laborales ordenaron a la entidad administradora la devolución y traslado de saldos, gastos de administración y otros rubros a Colpensiones. La AFP apeló dichas decisiones, pero el Tribunal Superior de Cali confirmó las sentencias. Posteriormente, la AFP interpuso recursos extraordinarios de casación que fueron negados por falta de interés económico para recurrir.
Al no agotar los recursos ordinarios y extraordinarios previstos en la ley, salvo en un proceso en particular donde sí se presentaron, la AFP promovió acciones de tutela alegando vulneración de derechos fundamentales, entre ellos el debido proceso, el acceso a la administración de justicia y la igualdad, así como el desconocimiento de un precedente jurisprudencial de la Corte Constitucional (sentencia SU-107 de 2024) relativo a las consecuencias del traslado ineficaz de recursos entre regímenes pensionales.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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