Contexto y referencia normativa
El proyecto de decreto, anunciado en 2024 por el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, buscaría reglamentar los artículos 186 y 187 de la Ley 2294 de 2023, que forma parte del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026. Esta reglamentación modificaría la Parte XII del Libro II del Decreto 1080 de 2015, único reglamentario del sector cultura, cambiando su denominación y sustituyendo y adicionando capítulos para incorporar disposiciones específicas sobre los Territorios Culturales, Creativos y de los Saberes (TCCS), así como establecer el Consejo Nacional de Economía Cultural, Creativa y de Saberes.
Tema principal y propósito del proyecto
El proyecto tendría como propósito principal establecer un marco normativo para el reconocimiento, funcionamiento y fortalecimiento de los TCCS, que serían espacios geográficos delimitados, urbanos, rurales o mixtos, con significados culturales, sociales, económicos y ambientales para sus habitantes. Estos territorios promoverían la creación, circulación y apropiación de prácticas culturales, artísticas y de saberes, con énfasis en la transformación social, construcción de paz y fortalecimiento de economías culturales, populares y comunitarias.
Adicionalmente, el proyecto buscaría reglamentar la conformación, funcionamiento y competencias del Consejo Nacional de Economía Cultural, Creativa y de Saberes, órgano técnico y consultivo que asesoraría y coordinaría las políticas públicas para el sector cultural y creativo en todo el territorio nacional.
Modificaciones y nuevas disposiciones planteadas
Entre las modificaciones más relevantes, el proyecto propondría:
- La modificación de la denominación de la Parte XII del Libro II del Decreto 1080 de 2015 a “Economías de las Culturas, las Artes y los Saberes”.
- La sustitución del Título I y su Capítulo I para establecer las características, enfoques, tipologías, procedimiento para el reconocimiento y beneficios de los TCCS.
- La adición de los Capítulos II y III al Título I, que incluirían criterios técnicos para la conformación y reconocimiento de los TCCS, el procedimiento de postulación, emisión de conceptos técnicos, resolución de discrepancias, sistema de seguimiento y evaluación y los beneficios territoriales.
- La creación del Título IV para reglamentar el Consejo Nacional de Economía Cultural, Creativa y de Saberes, definiendo su alcance, conformación, funcionamiento y atribuciones.
El decreto contemplaría que los TCCS podrían ser reconocidos mediante actos administrativos de las autoridades territoriales competentes, incluyendo alcaldías, concejos, gobernaciones, asambleas departamentales o autoridades indígenas, según la escala y naturaleza del territorio.
Acciones y medidas específicas
El proyecto establecería que los TCCS promoverían enfoques como la cultura de paz, diversidad cultural, diálogo intercultural, participación comunitaria, enfoque diferencial, educación contextualizada, desarrollo alternativo sustentable, fortalecimiento de economías populares, asociatividad, comercio justo, turismo cultural y comunitario, integración patrimonial y armonización territorial.
Asimismo, se contemplaría que el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, en coordinación con el Consejo Nacional de Economía Cultural, Creativa y de Saberes, estructuraría mecanismos de acompañamiento y convocatorias anuales de proyectos para fortalecer estos territorios. Se permitiría además la aplicación de deducciones tributarias para inversiones y donaciones en proyectos culturales dentro de los TCCS.
Se establecería también un sistema de seguimiento y evaluación anual de los TCCS, con informes que serán presentados a las autoridades territoriales y al Ministerio, para garantizar la sostenibilidad y toma de decisiones sobre la continuidad del reconocimiento territorial.
Participación de actores clave
El Consejo Nacional de Economía Cultural, Creativa y de Saberes estaría conformado por miembros permanentes del sector público, encabezados por el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, y ministros de diversas carteras vinculadas, así como representantes permanentes del sector privado ligados a consejos nacionales relacionados con cultura, economía popular, patrimonio, juventudes y artes.
El Consejo tendría funciones de asesoría técnica, formulación y seguimiento de políticas públicas, impulso de estrategias para economías culturales en los TCCS, fortalecimiento institucional y promoción de manifestaciones culturales, entre otras. Además, podría crear mesas técnicas consultivas y recibir invitados con voz pero sin voto de diversas organizaciones, comunidades étnicas, académicas, culturales y sociales.
Información adicional y participación ciudadana
El proyecto habría sido publicado en el Sistema Único de Consulta Pública (SUCOP) en dos ocasiones: entre el 1 y 16 de agosto de 2024 y luego entre el 30 de diciembre de 2025 y el 4 de enero de 2026. Durante estos periodos, no se habrían recibido comentarios que modificaran el texto. La ciudadanía podría acceder al texto completo y participar en los procesos de consulta pública a través de este sistema.
Vigencia y transición
El proyecto establecería que las Áreas de Desarrollo Naranja reconocidas antes de la vigencia del decreto tendrían un régimen de transición de seis meses para ajustarse a los nuevos lineamientos y requisitos, pudiendo continuar gozando de beneficios durante este periodo.
Asimismo, derogaría el Decreto 1935 de 2018 y modificaría y adicionaría capítulos al Decreto 1080 de 2015, quedando a la espera de su publicación oficial para entrar en vigencia.
En conclusión, este proyecto de decreto busca consolidar un marco normativo sólido que fortalezca los territorios culturales, creativos y de saberes en Colombia, promoviendo la participación de diversas comunidades y sectores, y fomentando el desarrollo sostenible y la economía cultural en todo el país. Su implementación permitirá un mayor reconocimiento y apoyo a estas iniciativas territoriales, contribuyendo al desarrollo cultural y social de Colombia.