El Ministerio de Educación nacional expidió una resolución que establece directrices claras para que las instituciones de educación superior (IES) y de educación para el trabajo y el desarrollo humano (IETDH), tanto públicas como privadas, implementen políticas y protocolos efectivos para prevenir, detectar, atender y sancionar el acoso sexual y otras violencias basadas en género. Esta medida deroga la resolución 014466 de 2022, respondiendo a la necesidad de un marco normativo más robusto ante vacíos identificados en la normativa anterior.
Ámbito de aplicación y definiciones clave
La resolución es de obligatorio cumplimiento para todas las IES y IETDH en territorio nacional y se aplica a estudiantes, docentes, personal administrativo, contratistas, proveedores, visitantes y representantes de órganos de gobierno institucional. Su alcance incluye hechos ocurridos dentro y fuera de las instalaciones físicas, así como en entornos virtuales y actividades relacionadas con la vida académica y laboral.
Se definen conceptos esenciales como violencias basadas en género, acoso sexual, violencia institucional, violencia simbólica, violencia digital, entre otros, con un enfoque integral que incluye la protección de sectores sociales LGBTIQ+, personas trans, no binarias y con identidades de género diversas. Además, se incorporan enfoques de género, derechos humanos, interseccionalidad y perspectiva étnica para garantizar una atención diferenciada y sensible a contextos específicos.
Componentes de las políticas institucionales
Las políticas y protocolos deberán contar con cinco ejes fundamentales:
1. Componente estratégico y conceptual: Plan de trabajo con diagnóstico participativo, objetivos, metas e indicadores, y definición de responsables para su ejecución y evaluación.
2. Prevención: Estrategias pedagógicas, formación continua y socialización para toda la comunidad educativa, además de la identificación constante de riesgos y cumplimiento de requisitos legales para la vinculación de personal.
3. Detección: Criterios claros para identificar y tipificar conductas y episodios de violencia basada en género, garantizando la seguridad en espacios físicos y virtuales.
4. Atención, protección, investigación y sanción: Rutas integrales para víctimas que incluyan acompañamiento psicológico y jurídico, medidas cautelares no sancionatorias, procedimientos disciplinarios expeditos y respetuosos del debido proceso.
5. Reparación integral y no repetición: Acciones para restituir derechos, reconocer el daño y promover transformaciones culturales que eviten la revictimización.
Garantías específicas y medidas adicionales
Se establecen garantías para el reconocimiento del nombre identitario y pronombres, acceso a espacios y servicios acordes con la identidad de género, y se prohíbe la exigencia de la libreta militar como requisito para el acceso, permanencia o graduación en las instituciones. También se promueven acciones pedagógicas sobre salud sexual y reproductiva, y se incorporan procedimientos para la activación inmediata de la alerta rosa ante desapariciones o situaciones de riesgo extremo.
Régimen sancionatorio y seguimiento
Las instituciones deben contar con procedimientos disciplinarios claros, con etapas definidas y competencia jurídica precisa para atender casos de violencia basada en género y acoso sexual, asegurando celeridad y evitando dilaciones injustificadas. Se establece un plazo máximo de seis meses para la decisión de fondo en estos procesos.
Además, se implementará un sistema tecnológico obligatorio para el registro y gestión de la información de los casos, garantizando la trazabilidad, confidencialidad y protección de datos personales, con reportes periódicos al sistema nacional de información sobre violencias de género.
Plazos y vigencia
Las instituciones dispondrán de un plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigencia de la resolución para adoptar y adecuar sus políticas, reglamentos y sistemas tecnológicos conforme a las nuevas disposiciones. La derogatoria de la resolución anterior no afectará los procesos en curso, que seguirán rigiéndose por la normativa vigente al momento de su inicio, aplicando siempre las disposiciones más favorables para las víctimas.
Esta resolución refuerza el compromiso estatal con la protección de los derechos a la igualdad, la no discriminación y la vida libre de violencias en el ámbito educativo, estableciendo un marco integral y actualizado que responde a los estándares constitucionales, legales e internacionales en materia de género y derechos humanos, y contribuyendo así a la construcción de entornos educativos seguros, inclusivos y respetuosos para toda la comunidad académica.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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