Providencia de admisión en proceso de nulidad
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, del Consejo de Estado, a través de un auto judicial fechado el 6 de julio de 2026, admitió la demanda de nulidad de única instancia promovida contra la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). La demanda cuestiona el Concepto 007351 emitido el 4 de junio de 2025, que trata sobre la procedencia del impuesto descontable del Impuesto sobre las Ventas (IVA) en la adquisición de bienes y servicios por parte de una entidad responsable del IVA, pero que según el artículo 22 del Estatuto Tributario, no es contribuyente del impuesto sobre la renta ni está obligada a presentar declaración de ingresos y patrimonio.
Antecedentes y contexto procesal
Los demandantes, en ejercicio de un medio de control de simple nulidad, objetaron el mencionado concepto de la DIAN. El despacho encontró que la demanda cumple con los requisitos legales establecidos en el artículo 162 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), por lo que procedió a admitirla formalmente. La admisión incluye la notificación personal a la DIAN y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, conforme al artículo 199 del CPACA, modificado por la Ley 2080 de 2021.
Consideraciones y órdenes del Consejo de Estado
El auto establece un plazo de 30 días para que la DIAN, el Ministerio Público y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado contesten la demanda, presenten excepciones y soliciten pruebas, de acuerdo con el artículo 172 del CPACA. Durante este término, también deberán remitir los antecedentes administrativos que originaron el acto demandado, siguiendo lo dispuesto en el parágrafo 1° del artículo 175 del mismo código.
En atención al interés general que involucra la materia tributaria, la Sala ordena invitar a reconocidas universidades y centros de estudios tributarios del país a presentar por escrito sus conceptos sobre los aspectos relevantes para la decisión. Esta participación académica y técnica busca enriquecer el análisis y garantizar una resolución informada y fundamentada.
Asimismo, la secretaría de la sección deberá certificar la existencia de otras demandas contra el mismo concepto y reportar la posibilidad de acumulación de procesos para evitar decisiones contradictorias.
Implicaciones y transparencia del proceso
El Consejo de Estado informó que el auto admisorio será publicado en el sitio web oficial de la corporación, asegurando la transparencia y el acceso público a la información del proceso. La providencia refleja la rigurosidad del procedimiento contencioso administrativo en materia tributaria y la importancia de garantizar el debido proceso y la participación de actores especializados en la materia.
La admisión de esta demanda representa un paso crucial para que se analice en profundidad la interpretación y aplicación del concepto tributario cuestionado, en un tema que afecta directamente la gestión fiscal y la seguridad jurídica de los contribuyentes en relación con el IVA. El proceso continuará con la evaluación detallada de los argumentos presentados por las partes y las intervenciones académicas, lo que permitirá al Consejo de Estado emitir una decisión definitiva que contribuya a la claridad y estabilidad del régimen tributario nacional.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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