Tribunal Superior de Medellín reconoce pensión de invalidez aplicando condición más beneficiosa en caso contra Colpensiones
Proviene de: Sentencias
14 de julio de 2026 14:16:25
Providencia y contexto procesal
El Tribunal Superior de Medellín, en segunda instancia y a través de una sentencia emitida por la Sala Séptima de Decisión Laboral, resolvió un proceso ordinario laboral contra Colpensiones. La providencia judicial, fechada el 5 de junio de 2026, revoca la decisión del Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Medellín que había negado la pensión de invalidez solicitada por el afiliado, quien falleció durante el trámite del proceso.
Antecedentes fácticos y procesales
El afiliado interpuso demanda contra Colpensiones para que se dejara sin efecto la resolución que negó su derecho a la pensión de invalidez, y en consecuencia, se ordenara el reconocimiento y pago de dicha pensión desde la fecha en que estructuró su pérdida de capacidad laboral, junto con prestaciones accesorias como la mesada 14, incrementos por cargas familiares y los intereses moratorios correspondientes. También solicitó la no aplicación de descuentos por aportes a salud sobre el retroactivo pensional, y la no devolución de una indemnización sustitutiva de pensión de vejez que le había sido pagada.
El demandante acreditó una pérdida de capacidad laboral del 73% desde el 17 de enero de 2008, derivada de enfermedades coronarias y otras patologías graves, y alegó haber cotizado un total de 873.71 semanas durante su vida laboral, incluyendo periodos inicialmente reportados en mora por parte de sus empleadores. La entidad demandada se opuso argumentando que no se cumplía con la densidad de semanas exigida para acceder a la pensión según la Ley 860 de 2003, ni se configuraba la expectativa legítima necesaria para aplicar la condición más beneficiosa.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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