Tribunal Superior de Medellín revoca sentencia y reconoce vínculo laboral encubierto en proceso contra empresa 101 S.A.S.
Proviene de: Sentencias
14 de julio de 2026 14:16:22
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Superior de Medellín, en segunda instancia, emitió una sentencia el 5 de junio de 2026 para resolver un recurso de apelación interpuesto contra la decisión de un juzgado laboral de primera instancia. La apelación fue presentada por el trabajador que demandó a la empresa 101 S.A.S. para que se reconociera la existencia de un contrato de trabajo a término indefinido y se condenara al pago de prestaciones sociales y demás acreencias laborales.
Antecedentes fácticos y procesales
El trabajador alegó haber sido contratado verbalmente desde diciembre de 2018 para realizar labores de obra gris, obra blanca y plomería en diversos proyectos, bajo un horario fijo de lunes a sábado, con pagos semanales pero sin afiliación a seguridad social ni pago de prestaciones sociales. La empresa demandada negó la existencia de relación laboral, argumentando que se trató de una prestación de servicios intermitente, sin subordinación ni continuidad, y que los pagos se efectuaron mediante cuentas de cobro por avances de obra.
En primera instancia, el juzgado laboral concluyó que no se había probado la existencia del contrato laboral debido a la insuficiencia de la prueba documental y testimonial, principalmente por la falta de evidencia clara sobre la subordinación, la continuidad y la remuneración bajo las condiciones legales laborales.
Consideraciones y análisis del Tribunal Superior
El tribunal de segunda instancia realizó una valoración integral de las pruebas documentales, testimoniales y tecnológicas, incluyendo audios y chats de WhatsApp, los cuales no fueron impugnados por la empresa y evidenciaron intercambios coherentes respecto a labores, acuerdos y pagos relacionados con la actividad laboral.
Se destacó...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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