Decreto 0731 de 2026: Modificación parcial del Arancel de Aduanas para importación de maníes
Proviene de: Decretos
15 de julio de 2026 1:5:41
Contexto y emisión del decreto
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió el Decreto 0731 de 2026, publicado en el Diario Oficial No. 53.548 el 9 de julio de 2026. En ejercicio de las facultades constitucionales y legales del Presidente de la República, se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas para la subpartida arancelaria 1202.42.00.00, que corresponde a maníes sin tostar ni cocer, sin cáscara incluso quebrantados. Esta acción se fundamenta en la Constitución Política, la Ley 1609 de 2013 y la Decisión 805 de la Comunidad Andina, que otorgan competencias para ajustar aranceles y regular el comercio exterior.
Propósito y relevancia de la medida
El decreto tiene como propósito principal mantener vigente el arancel del 0% para la importación de maníes sin cáscara por un período de cinco años. Esta medida responde a la inexistencia de producción nacional suficiente de maní de la variedad "runner" y la falta de infraestructura para procesar este producto en Colombia. De esta forma, se busca garantizar el abastecimiento para la industria alimentaria local, que depende en gran medida de las importaciones para su materia prima.
Medidas específicas establecidas
El artículo 1 establece un arancel del cero por ciento (0%) para la importación de maníes clasificados en la subpartida 1202.42.00.00. El artículo 2 determina que esta medida tendrá vigencia por cinco años a partir de la entrada en vigor del decreto. Además, el artículo 3 indica que las disposiciones se aplican sin perjuicio de los tratados y acuerdos comerciales vigentes para el país. Finalmente, el artículo 4 dispone que el decreto entrará en vigencia 15 días después de...
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