Propósito general del proyecto de resolución
El proyecto de resolución propone establecer los criterios bajo los cuales el Ministerio de Salud y Protección Social, a través del Fondo Rotatorio Regional para la Adquisición de Productos Estratégicos de Salud Pública de la OPS/OMS, realizará la compra centralizada del medicamento Dolutegravir, Lamivudina y Tenofovir Disoproxil Fumarato (DLT) en combinación a dosis fija. Además, regula su distribución, suministro y seguimiento para la prevención y tratamiento de la infección por VIH.
Objetivo principal y beneficios
El objetivo es optimizar el acceso y garantizar la continuidad del tratamiento antirretroviral a todas las personas que lo requieran, ampliando la población beneficiaria respecto a la regulación anterior. Esto incluye no solo a grupos específicos como personas migrantes venezolanas regulares, recién diagnosticadas, con falla virológica o que requieren profilaxis postexposición, sino a todos quienes tengan prescripción médica conforme a documentos clínicos vigentes. La medida busca mejorar la efectividad del tratamiento, favorecer la supresión viral sostenida y reducir las barreras de acceso al medicamento.
Nuevas disposiciones y mecanismos introducidos
El proyecto elimina las limitaciones poblacionales previas derivadas de la licencia obligatoria sobre la patente de Dolutegravir, debido a que esta expiró el 28 de abril de 2026, lo que permitió que el medicamento entrara al dominio público. En consecuencia, la compra centralizada se hará a través del Fondo Rotatorio Regional de la OPS/OMS, lo cual permitirá adquirir el medicamento a precios más bajos y mejorar la sostenibilidad financiera del sistema de salud.
Además, se establece que la prescripción será realizada por el médico tratante mediante la plataforma tecnológica Mi Prescripción (MIPRES), asegurando la trazabilidad completa del suministro desde la prescripción hasta la entrega efectiva. También se disponen pautas claras para la distribución del medicamento, incluyendo la entrega a través de las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y las Entidades Territoriales de Salud, garantizando la disponibilidad continua del medicamento en todo el territorio nacional.
Acciones y regulaciones específicas
Entre las medidas adoptadas destacan:
- El uso de recursos No UPC administrados por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) para financiar la compra.
- La obligación de las EPS y sus entidades adaptadas de garantizar el diagnóstico, tratamiento y seguimiento adecuado, evitando barreras de acceso.
- El suministro del medicamento podrá realizarse en las instituciones designadas o a domicilio si la condición clínica lo requiere.
- Para la profilaxis postexposición no ocupacional, la entrega del medicamento debe realizarse en un plazo máximo de 72 horas tras la exposición al riesgo.
- El seguimiento y monitoreo de los pacientes se realizará mediante los sistemas de información dispuestos por el Ministerio, con reportes obligatorios de las IPS a las EPS.
- Se asignan funciones de inspección, vigilancia y control a la Superintendencia Nacional de Salud y a las entidades territoriales competentes, con sanciones en caso de incumplimiento.
Impacto y alcance potencial
La ampliación del acceso al medicamento antirretroviral DLT representa un avance significativo en la atención integral de las personas que viven con VIH en Colombia. Al eliminar las restricciones anteriores y facilitar la compra centralizada a través del Fondo Rotatorio de la OPS/OMS, se espera mejorar la cobertura, reducir costos y fortalecer la sostenibilidad del sistema de salud. Esta medida también responde a recomendaciones internacionales de la OMS y OPS, alineándose con la política pública nacional para la prevención y tratamiento del VIH.
Participación de actores clave
Este proyecto involucra múltiples actores del sistema de salud, incluyendo la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), las Entidades Promotoras de Salud (EPS), las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), las Entidades Territoriales de Salud, y la Cuenta de Alto Costo, que apoyará en el análisis y seguimiento de resultados. La Superintendencia Nacional de Salud y las autoridades territoriales ejercerán funciones de inspección y control para garantizar el cumplimiento de la resolución.
En suma, el proyecto de resolución propone una regulación integral que busca fortalecer la gestión, acceso y seguimiento de los tratamientos antirretrovirales para el VIH, en línea con los objetivos estratégicos de salud pública del país. Se espera que con su implementación se logre una atención más eficiente, equitativa y sostenible para las personas que viven con VIH en Colombia, contribuyendo a mejorar su calidad de vida y avanzar hacia el control efectivo de la epidemia.