Contexto y antecedentes del caso
En agosto de 2025, en el marco de un procedimiento policivo por maltrato animal, se aprehendieron tres animales de compañía en una vivienda del barrio Samaria en Manizales. La aprehensión fue realizada por el Grupo de Atención y Rescate Animal (GARA) con apoyo policial, tras constatarse condiciones inadecuadas de tenencia, como hacinamiento, falta de ventilación y restricción de movilidad. Los animales fueron trasladados a la Unidad de Protección Animal (UPA), donde recibieron atención veterinaria y cuidados adecuados.
El presunto infractor presentó una acción de tutela alegando vulneración de derechos fundamentales, como la vida digna, el libre desarrollo de la personalidad, la unidad familiar y el debido proceso, debido a la aprehensión y a la exigencia de asumir elevados costos de manutención para la restitución de los animales, así como la amenaza de declaratoria de abandono y adopción.
Procedimiento policivo y participación del afectado
La controversia se desarrolla en el marco de un proceso verbal abreviado por maltrato animal, regulado por la Ley 84 de 1989 y sus modificaciones, que establece un procedimiento administrativo oral, gratuito y con garantías de contradicción, diseñado para resolver situaciones de maltrato con celeridad y eficacia.
Durante este proceso, el interesado ha tenido conocimiento y ha participado activamente, incluso contando con apoderada judicial. Se programó una audiencia pública para marzo de 2026, en la que podía presentar pruebas y controvertir las decisiones. No obstante, no asistió a dicha audiencia sin justificar válidamente su ausencia, lo que fue valorado y rechazado por la autoridad competente.
Decisión y fundamentos de la Corte Constitucional
La Sala Séptima de Revisión confirmó la improcedencia de la acción de tutela, fundamentando que no se cumple el requisito de subsidiariedad, dado que existe un procedimiento ordinario en curso que resulta idóneo y eficaz para la protección de los derechos fundamentales invocados. Además, no se acreditó la existencia de un perjuicio irremediable que requiera la intervención anticipada del juez constitucional.
Se destacó que el procedimiento policivo se encuentra en etapa probatoria, con medidas activas como la práctica de pruebas sobre el estado de salud de los animales, la verificación de las condiciones de tenencia y la liquidación de gastos de manutención. Por lo tanto, aún no se ha adoptado decisión definitiva sobre la situación de los animales.
Finalmente, se desvinculó del proceso a la Secretaría del Interior del Municipio, por no haber participado directamente en los hechos cuestionados ni tener competencia en la materia.
Consideraciones finales
La Corte recordó que el marco normativo colombiano reconoce a los animales como seres sintientes y establece deberes de cuidado y protección para sus tenedores y las autoridades competentes. Asimismo, reconoció la relevancia jurídica de los vínculos afectivos entre las personas y sus animales de compañía, amparados por derechos constitucionales como el libre desarrollo de la personalidad y la dignidad humana.
Sin embargo, enfatizó que la acción de tutela es un mecanismo subsidiario y no puede suplir los procesos ordinarios cuando estos sean idóneos y eficaces. En este caso, el procedimiento policivo cumple con esas condiciones y mantiene abierta la posibilidad de resolver la controversia de fondo, garantizando el derecho de defensa y la protección integral de los derechos involucrados.
Por tanto, se confirmó la decisión de improcedencia de la tutela y se instó a las autoridades a continuar actuando conforme al régimen de protección animal vigente, respetando los derechos y el debido proceso en todas las actuaciones relacionadas con la custodia y bienestar de los animales involucrados. La Corte enfatizó la importancia de garantizar tanto la protección de los animales como el respeto a los derechos de los propietarios, en un equilibrio que promueva la justicia y la responsabilidad social en casos de maltrato animal.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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