Propósito y objetivo general del proyecto de resolución
El proyecto de resolución tiene como propósito general establecer las reglas, la estructura y el cronograma para el proceso de evaluación voluntaria que regulan los artículos 35 y 36 (numeral 2°) del Decreto Ley 1278 de 2002. Esta evaluación es el mecanismo que permite a los educadores oficiales obtener el ascenso de grado o la reubicación en el nivel salarial dentro del escalafón docente. El objetivo principal es garantizar que dicho proceso sea claro, organizado y accesible, promoviendo el desarrollo profesional y la calidad educativa a través del reconocimiento de la formación, experiencia y desempeño de los educadores.
Nuevas disposiciones y estructura del proceso de evaluación
El proyecto introduce una estructura detallada del proceso de evaluación que incluye las siguientes etapas:
- Expedición del acto administrativo por parte del Ministerio de Educación Nacional que fija reglas, estructura y cronograma.
- Convocatoria y divulgación por parte de las Entidades Territoriales Certificadas en Educación (ETC).
- Habilitación e inscripción de los educadores interesados.
- Desarrollo del proceso de evaluación mediante instrumentos específicos.
- Publicación de resultados, recepción y resolución de reclamaciones.
- Expedición de actos administrativos de ascenso o reubicación salarial.
Se establece que la ETC debe garantizar la publicación amplia de la convocatoria y los listados de educadores habilitados, así como administrar las reclamaciones y subsanaciones oportunamente.
Instrumentos y criterios de evaluación
El proceso de evaluación comprenderá varios instrumentos con enfoque cualitativo, orientados a valorar la práctica educativa y pedagógica del docente en su contexto:
- Prueba pedagógica escrita: diseñada, aplicada y calificada por una Institución de Educación Superior pública acreditada, con un puntaje máximo de 45 puntos.
- Autoevaluación del desempeño: realizada por el...