Contexto y objetivo de la Circular No. 313 de 2026
La Circular No. 313 de 2026, publicada por la Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), tiene como propósito principal informar sobre la realización de audiencias públicas en las ciudades de Barranquilla y Cali. Estas audiencias están orientadas a socializar las propuestas regulatorias relacionadas con la estructura del precio del combustible de aviación para motores tipo turbina, así como a establecer el régimen de precios para el ingreso al productor, margen de distribución mayorista y margen de distribución minorista.
Los destinatarios de esta comunicación incluyen autoridades territoriales como gobernadores y alcaldes, personeros, comités de control social, agentes de la cadena de distribución de combustibles líquidos, gremios, entidades relacionadas, usuarios del combustible de aviación y otros interesados. El objetivo es garantizar la participación activa y transparente de todos los sectores involucrados en la regulación del combustible para aviación.
Alcance, procedimiento y participación en las audiencias públicas
El ámbito de aplicación de la circular es externo, dirigido a actores institucionales, comerciales y usuarios finales relacionados con el combustible de aviación. La circular establece que las audiencias públicas se realizarán en lugares y fechas determinados: en Barranquilla, en Puerta de Oro – Cámara de Comercio, y en Cali, en el Club de Ejecutivos, ambas a las 9 a.m. Las fechas específicas fueron anunciadas previamente en la Circular CREG 306 de 2026.
Para participar, los interesados deben inscribirse a través del portal web oficial de la CREG, utilizando los enlaces específicos para cada ciudad. La circular detalla que, conforme al numeral 3 del artículo 35 de la Resolución 105 003 de 2023, podrán intervenir consumidores, representantes de los prestadores del servicio, vocales de comités de control social debidamente acreditados, representantes legales de ligas o asociaciones de consumidores, organizaciones gremiales, delegados de universidades y centros de investigación, y usuarios en general.
La participación activa implica la presentación de ponencias relacionadas con las Resoluciones CREG 704 012 y 704 013 de 2026. Los interesados deben enviar sus documentos de ponencia por correo electrónico a la dirección indicada, con un máximo de diez minutos por intervención y un límite total de 30 minutos para todas las ponencias. Esto garantiza un espacio ordenado y eficiente para la expresión de opiniones y propuestas.
Fuerza vinculante y contenido sustancial de la circular
Como entidad reguladora, la CREG posee autoridad legal para emitir circulares que, en este caso, tienen carácter informativo y convocatorio para procesos de consulta pública que anteceden la posible emisión de normas con fuerza vinculante. La circular no establece de manera directa obligaciones legales inmediatas, sino que invita a la participación y socialización de propuestas regulatorias que posteriormente podrán traducirse en resoluciones de obligatorio cumplimiento.
En cuanto al contenido sustancial, la circular detalla el programa previsto para las audiencias: presentación de las propuestas regulatorias por parte de la CREG, presentación de ponencias según orden de inscripción y un espacio destinado a preguntas. También se ofrece la opción de seguir la audiencia en Bogotá a través de transmisión en vivo por YouTube, lo que amplía el acceso y transparencia del proceso.
Adicionalmente, se facilitan los enlaces web donde los interesados pueden consultar los proyectos de resolución y documentos soporte, fortaleciendo la transparencia y el acceso a la información pública.
Importancia para los destinatarios y el público en general
Esta circular representa un mecanismo esencial para la participación ciudadana y la transparencia en la regulación del sector energético, específicamente en la cadena del combustible de aviación para motores tipo turbina. Al convocar a diversos actores a intervenir en audiencias públicas, la CREG promueve un proceso consultivo que contribuye a la legitimidad y calidad de las normas que regulan un insumo estratégico para la aviación civil y comercial.
La regulación adecuada de los precios y márgenes en este mercado impacta no solo a los agentes económicos involucrados, sino también a los usuarios finales y, en última instancia, a la competitividad del sector aeronáutico en el país.
Para mayor información, los interesados pueden consultar los documentos oficiales a través de los siguientes enlaces:
En conclusión, la Circular No. 313 de 2026 de la CREG es un paso fundamental para garantizar un proceso transparente y participativo en la regulación del precio del combustible de aviación para motores tipo turbina en Colombia, promoviendo así un mercado más justo y competitivo que beneficie a todos los actores involucrados y al desarrollo del sector aeronáutico nacional.