Contexto y normativa aplicable
El concepto responde a una solicitud presentada ante la Comisión, referida a las dificultades operativas y regulatorias que se presentan cuando varias personas prestadoras del servicio de aseo remiten simultáneamente catastros de usuarios a la persona prestadora concedente, usualmente una empresa de energía eléctrica. Esta situación genera riesgos en la ejecución del contrato de facturación conjunta, afectando principios como la neutralidad del facturador y la continuidad del servicio.
La regulación vigente, basada principalmente en la Ley 142 de 1994 y los Decretos 1987 de 2000 y 1077 de 2015, establece que la facturación conjunta es obligatoria para los servicios de saneamiento básico (alcantarillado y aseo), salvo razones técnicas insalvables que deben acreditarse ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. Además, la facturación conjunta debe garantizar la continuidad del servicio y el recaudo efectivo de los costos asociados.
Requisitos para los convenios de facturación conjunta
Los convenios se rigen por el principio de autonomía de la voluntad entre las partes, dentro del marco regulatorio. La Resolución CRA 943 de 2021 establece condiciones mínimas que deben contener estos convenios, entre ellas:
- Determinación clara del ámbito de prestación.
- Presentación actualizada del catastro de usuarios, con información identificadora, estrato socioeconómico, clase de uso y área de prestación del servicio.
- Definición de obligaciones adicionales de información por parte del solicitante.
- Establecimiento de mecanismos de recaudo, recuperación de cartera y distribución de costos asociados.
- Duración del convenio, usualmente de tres años, salvo acuerdo diferente.
Además, el solicitante debe presentar una descripción detallada de los componentes del servicio objeto de facturación conjunta, los registros de impresión requeridos y los reportes necesarios para la adecuada gestión.
Manejo de controversias y criterios de actuación
Respecto a la remisión simultánea de un mismo catastro por varias personas prestadoras del servicio de aseo en una misma ciudad, la Comisión aclara que:
- No debe activarse la facturación conjunta a favor de quien primero radique la información sin antes resolver la controversia.
- La persona prestadora concedente debe actuar con neutralidad y no asumir funciones que excedan su rol contractual y regulatorio.
- La solución a estas disputas debe realizarse antes de la expedición de la facturación, garantizando que un suscriptor solo tenga un contrato de servicios públicos vigente para un mismo servicio o actividad, conforme a lo dispuesto en la Ley 142 de 1994.
Competencia y límites regulatorios
Se reitera que la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico es competente para imponer condiciones en los convenios de facturación conjunta cuando el concedente es persona prestadora del servicio regulado por esta entidad. En contraste, si el concedente es una empresa prestadora de servicios públicos de energía o gas, la competencia recae en la Comisión de Regulación de Energía y Gas Combustible.
Conclusión
Los convenios de facturación conjunta son contratos regulados que deben cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente, respetando la autonomía de las partes. La existencia de un solo contrato de servicios públicos por suscriptor para un mismo servicio es un principio básico que debe respetarse para evitar conflictos en la facturación. La Comisión enfatiza la necesidad de resolver cualquier disputa entre prestadores antes de proceder con la facturación conjunta, asegurando así la continuidad y legalidad en la prestación del servicio público de aseo.
Este concepto contribuye a clarificar y orientar a los prestadores de servicios públicos y a las autoridades en la correcta implementación de la facturación conjunta, fortaleciendo la competencia y la protección de los usuarios. Con esta regulación clara, se busca mejorar la eficiencia en la prestación del servicio, evitar conflictos entre prestadores y garantizar que los usuarios reciban un servicio continuo y transparente.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
Ver planes disponibles