La CRA respondió a varias inquietudes presentadas por la alcaldía municipal de El Colegio relacionadas con el cálculo del Costo Medio de Administración (CMA) y el Costo Medio de Operación y Mantenimiento Particular (CMOP) para prestadores del segundo segmento, en el contexto de la entrada en operación de una planta de tratamiento de agua potable.
Cálculo del costo medio de administración
Para prestadores del segundo segmento, el CMA puede determinarse mediante dos métodos: i) aplicar la fórmula prevista para el primer segmento o ii) fijar un valor dentro de un rango regulatorio establecido, que para el servicio de acueducto va de $6.655 a $10.206 por suscriptor/mes (en pesos de diciembre de 2016). La regulación permite utilizar los soportes y gastos relacionados directamente con la prestación del servicio, incluyendo aquellos generados por la operación de la PTAP, tales como facturación, papelería, servicios públicos de la sede administrativa y contribuciones a entidades de vigilancia y control.
Es fundamental que estos gastos estén debidamente soportados y que la tarifa sea aprobada por la entidad tarifaria local, conforme a la metodología vigente. Además, los soportes deben conservarse para posibles verificaciones por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
Proyección de costos operativos particulares
En cuanto al CMOP, que incluye costos de energía, insumos químicos, servicios personales y otros costos operativos, la regulación permite proyectar estos gastos cuando no existan registros históricos. La estimación debe basarse en soportes técnicos, financieros y operativos, tales como especificaciones técnicas, manuales de operación, cotizaciones y análisis de laboratorio.
Cuando por la entrada en operación de un nuevo activo, como la PTAP, se generen costos no incluidos en las tarifas vigentes, estos pueden ser incorporados directamente por el prestador, siempre que se cumplan las obligaciones de reporte de variaciones tarifarias.
Metodología aplicable y subsidios
Respecto a la estructura tarifaria y la aplicación de subsidios a usuarios de estratos 1, 2 y 3, la regulación establece que el prestador debe actualizar su información financiera y aplicar la metodología del segundo segmento, salvo que se opte por la metodología del primer segmento cumpliendo los requisitos correspondientes.
La asignación y gestión de subsidios es competencia del municipio, que debe garantizar su correcta aplicación conforme a los porcentajes aprobados por el concejo municipal.
Apoyo y orientación técnica
La CRA ofrece orientación técnica general para la implementación de estructuras tarifarias y ha programado una mesa de trabajo virtual para resolver dudas sobre la metodología tarifaria vigente. Además, pone a disposición diversos canales de comunicación, incluyendo chats institucionales, correos electrónicos, asistencia telefónica y materiales didácticos en línea para apoyar a los prestadores y usuarios.
Finalmente, se informa que en la agenda regulatoria para 2026 se prevé la expedición de un nuevo marco tarifario para pequeños prestadores de servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado. Este nuevo marco buscará fortalecer la sostenibilidad financiera y la calidad del servicio en este segmento, promoviendo la eficiencia y la transparencia en la gestión tarifaria. La CRA invita a todos los actores interesados a estar atentos a la publicación de esta normativa y a participar en los procesos de consulta pública que se llevarán a cabo.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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