Comisión de Regulación de Agua responde inquietudes sobre la Resolución CRA 1032 de 2026
Proviene de: Conceptos
17 de julio de 2026 3:4:7
Definición del área de prestación del servicio (APS)
El APS corresponde a áreas urbanas o urbano-rurales delimitadas en un municipio donde el prestador suministra servicios de acueducto y alcantarillado y se compromete a cumplir con los estándares regulatorios. La definición del APS es facultad del prestador, quien debe actuar en armonía con el ordenamiento jurídico y las disposiciones del Decreto 1077 de 2015, especialmente en cuanto a la certificación de viabilidad y disponibilidad del servicio. Sectores dentro del perímetro urbano no legalizados no deben incorporarse obligatoriamente al APS, aunque el prestador puede evaluarlo si hay soporte técnico y jurídico suficiente. Para zonas legalizadas que se conviertan en áreas de riesgo o difícil gestión, se permite su inclusión con esquemas diferenciales temporales que ajustan los estándares y costos aplicables.
Inicio de aplicación del nuevo marco tarifario
La aplicación jurídica de la nueva metodología tarifaria inicia el 1 de julio de 2026, con un periodo de inicio o transición que se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026. Este periodo permite un empalme gradual con el marco tarifario anterior, aplicando una fórmula tarifaria simplificada y sin la implementación plena de metas, incentivos o descuentos. El primer año tarifario completo será 2027, cuando se desarrollen todos los componentes estructurados de la metodología. Durante el periodo de inicio, los prestadores deben elaborar y poner en operación el estudio de costos y tarifas que soporta el cálculo del costo económico de referencia y la aplicación de las tarifas resultantes. Además, deben definir el APS, segmentación, condiciones especiales, y consolidar soportes técnicos y financieros.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.