Comisión de regulación aclara uso de términos en facturación de servicios públicos
Proviene de: Conceptos
17 de julio de 2026 3:3:21
Terminología en la facturación y metodología tarifaria
La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico respondió a una denuncia sobre el uso de los conceptos "tarifa referencia" y "precio" en las facturas emitidas por dos empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios. La denuncia señalaba que dichos términos no se ajustaban a la metodología tarifaria definida en la regulación vigente.
En su respuesta, la Comisión recordó que la metodología tarifaria vigente, establecida en la Resolución CRA 943 de 2021, define los componentes del costo de referencia y la forma en que deben calcularse las tarifas. Sin embargo, no prescribe de manera estricta los términos que deben usarse en la presentación gráfica de las facturas, más allá de los requisitos mínimos establecidos en la Ley 142 de 1994.
Por tanto, el uso de denominaciones como "tarifa referencia" o "precio" no implica, por sí mismo, la aplicación de una metodología distinta. Lo crucial es que los valores cobrados sean consistentes con la metodología tarifaria vigente.
Funciones de supervisión y control
La Comisión puntualizó que la verificación del cumplimiento efectivo de la metodología tarifaria, incluyendo la aplicación de subsidios, es una competencia exclusiva de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. Esta entidad es la encargada de ejercer la inspección, vigilancia y control sobre las empresas prestadoras.
Asimismo, la Comisión aclaró que no emite pronunciamientos de carácter vinculante ni puede ordenar medidas inmediatas sobre prácticas específicas de facturación. Tales funciones corresponden a la Superintendencia, conforme a la legislación vigente.
Respaldo institucional y canales de atención
Finalmente, la Comisión resaltó que no incurre en omisión de deberes al abstenerse de intervenir en...
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