La Superservicios aclara la vigencia y alcance de la Circular Interna 011 de 2004 sobre el debido proceso en servicios públicos de energía
Proviene de: Conceptos
17 de julio de 2026 3:8:52
Naturaleza jurídica y vigencia de la circular interna
La Superservicios explicó que las circulares internas son instrumentos administrativos de carácter organizacional y orientador dirigidos a las dependencias y funcionarios de la entidad. No constituyen actos administrativos con efectos externos ni fuentes autónomas de derecho, sino directrices internas para uniformar la actuación institucional. Por ello, la Circular Interna 011 de 2004 no tiene carácter vinculante frente a terceros ni es una norma de obligatorio cumplimiento, sino que su valor radica en orientar la aplicación coherente de principios constitucionales y legales.
El concepto señala que la vigencia de esta circular debe analizarse desde un enfoque material, evaluando su compatibilidad con normas posteriores, especialmente la Ley 1437 de 2011, que introdujo un régimen más amplio y sistemático en materia de actuaciones administrativas. En este sentido, aunque la circular subsiste como instrumento de orientación, su contenido debe interpretarse armónicamente con la Constitución, la Ley 142 de 1994, la Ley 1437 de 2011 y la regulación sectorial vigente.
Procedimiento de defensa del usuario y garantías del debido proceso
El documento enfatiza que el régimen especial de los servicios públicos domiciliarios, regulado principalmente por la Ley 142 de 1994, establece un procedimiento específico para la defensa del usuario en sede de la empresa prestadora. Este procedimiento permite al usuario presentar peticiones, quejas y recursos frente a decisiones sobre facturación, suspensión, corte o terminación del servicio, garantizando el derecho de defensa y el debido proceso.
En particular, actuaciones técnicas con impacto jurídico, como el cambio de medidores, deben sujetarse a dichas garantías, incluyendo la información previa al usuario, la motivación de la...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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