Concepto de la Superservicios sobre convenios de transferencia de subsidios y aplicación de la Ley 996 de 2005
Proviene de: Conceptos
17 de julio de 2026 3:8:51
Competencia y alcance del concepto
La Oficina Asesora Jurídica de la Superservicios es competente para absolver consultas jurídicas externas relacionadas con el régimen de los servicios públicos domiciliarios, según el artículo 11 del Decreto 1369 de 2020. No obstante, las respuestas contenidas en este concepto tienen carácter orientativo y no son de obligatorio cumplimiento ni vinculantes, conforme al artículo 28 de la Ley 1437 de 2011, modificado por la Ley 1755 de 2015.
La Superservicios no puede exigir la aprobación previa de actos o contratos de los prestadores de servicios públicos domiciliarios, ya que esto implicaría extralimitación de funciones, según lo establecido en la Ley 142 de 1994 y sus modificaciones.
Consulta y normativa aplicable
La consulta se refiere a dudas sobre los convenios de transferencia de subsidios y la aplicación de la Ley 996 de 2005 (Ley de Garantías). Para su análisis, se consideran las siguientes normas y conceptos previos: Constitución Política de Colombia, Ley 142 de 1994, Ley 996 de 2005, Ley 1150 de 2007, Decreto 73 de 2025, y diversos conceptos jurídicos emitidos por la Superservicios y otras entidades.
Consideraciones generales
Los conceptos emitidos no resuelven situaciones particulares, sino que brindan orientaciones generales. La Superservicios tiene funciones de inspección, vigilancia y control sobre los prestadores de servicios públicos, pero no puede intervenir en la elaboración o aprobación de convenios de transferencia de subsidios ni suministrar modelos contractuales. Tampoco puede determinar requisitos para que los municipios celebren dichos acuerdos, ya que corresponde a los entes territoriales definir sus propios manuales de contratación.
Las respuestas deben ser aplicables en situaciones similares, sin abordar casos específicos que...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.