Auditorías externas de gestión y resultados: obligaciones y requisitos
La Auditoría Externa de Gestión y Resultados (AEGR) es un procedimiento fundamental para evaluar la gestión interna de los prestadores de servicios públicos domiciliarios, considerando su objeto social, objetivos y niveles de eficiencia. Según el artículo 51 de la Ley 142 de 1994, todos los prestadores están obligados a contratar una AEGR permanente con personas jurídicas privadas especializadas, salvo algunas excepciones expresamente señaladas en la ley.
El auditor externo debe informar a la Superservicios sobre situaciones que puedan poner en riesgo la viabilidad financiera del prestador, fallas detectadas en el control interno y, en general, sobre la evaluación de la gestión. Los contratos con los auditores deben tener una duración mínima de un año, periodo durante el cual la Superservicios puede solicitar informes trimestrales sobre la gestión del auditor y recomendar su remoción si incumple sus funciones.
Los requisitos mínimos para las personas jurídicas encargadas de realizar la AEGR incluyen: estar constituidas legalmente con objeto social relacionado con auditoría en servicios públicos domiciliarios, contar con personal calificado en áreas técnica, financiera, comercial y tarifaria, acreditar experiencia en auditorías similares, y contar con infraestructura tecnológica para interactuar con el Sistema Único de Información (SUI). Además, deben cumplir con las disposiciones específicas según el tipo de servicio público, como acueducto, alcantarillado, aseo, energía eléctrica o gas combustible.
Control interno: responsabilidad y función de los prestadores
El control interno es definido como el conjunto de actividades de planeación y ejecución que la administración de cada empresa debe realizar para asegurar el cumplimiento de sus objetivos. Es responsabilidad de la gerencia implementar este control, que complementa la auditoría externa y forma parte del control de gestión y resultados.
La Superservicios tiene la función de vigilar la incorporación progresiva y adecuada del control interno en los prestadores, supervisando el cumplimiento de criterios, evaluaciones e indicadores definidos por las comisiones de regulación. El control interno es una función interna y permanente, orientada a la mejora continua y al cumplimiento de las metas y políticas establecidas por la dirección de la empresa.
Conclusiones clave
- Todos los prestadores de servicios públicos domiciliarios, salvo excepciones legales, deben contratar una AEGR con personas jurídicas privadas especializadas.
- La función de auditoría externa es independiente y complementaria al control interno, y debe informar a la Superservicios sobre riesgos y fallas que afecten la gestión.
- Los auditores externos deben cumplir con requisitos técnicos, jurídicos y operativos que garantizan su idoneidad, incluyendo experiencia, formación y capacidad tecnológica.
- El control interno es responsabilidad de la gerencia y busca asegurar el cumplimiento de objetivos mediante actividades de planificación y ejecución continuas.
- La Superservicios supervisa tanto la labor de los auditores externos como la implementación del control interno, garantizando el equilibrio de los mecanismos de control en los prestadores.
Este concepto jurídico reafirma la importancia de la AEGR y el control interno como herramientas esenciales para la vigilancia, control y mejora de la prestación de los servicios públicos domiciliarios en Colombia, fomentando la transparencia, eficiencia y sostenibilidad en el sector.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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