Condiciones para la prestación del servicio público de aprovechamiento en aseo por prestadores distintos a las organizaciones de recicladores de oficio (ORO)
Proviene de: Conceptos
17 de julio de 2026 3:8:33
Marco normativo y exclusividad de la actividad de aprovechamiento
El concepto recuerda que los servicios públicos domiciliarios, incluyendo el de aseo, se rigen por la Constitución Política y la Ley 142 de 1994, que asignan a los municipios la competencia para asegurar su prestación eficiente. Dentro del servicio público de aseo, la actividad de aprovechamiento comprende la recolección, transporte selectivo, clasificación y pesaje de residuos sólidos ordinarios aprovechables.
El Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, modificado por el Decreto 1381 de 2024, establece que la actividad de aprovechamiento es una medida afirmativa reservada a las organizaciones de recicladores de oficio (ORO) por un término de 15 años desde la entrada en vigencia del decreto. Las ORO son organizaciones constituidas en su totalidad por recicladores que realizan esta labor y cuentan con registro ante la SSPD.
Excepciones y condiciones para prestadores distintos a las ORO
El artículo 2.3.2.5.6.3 del Decreto 1077 de 2015 permite que prestadores diferentes a las ORO que ya venían desarrollando la actividad de aprovechamiento puedan continuar operando únicamente en las áreas ya registradas en el RUPS. Sin embargo, deben concertar con las ORO para garantizar que estas últimas tengan acceso seguro y cierto a los residuos aprovechables. En caso de desacuerdo, se podrá acudir a los mecanismos establecidos en la Ley 142 de 1994.
Esta excepción es de carácter restrictivo y transitorio, y no habilita la inscripción de nuevos prestadores no ORO en el RUPS ni la expansión a nuevas áreas de prestación. El traslado de usuarios a zonas no registradas no amplía la habilitación del prestador no ORO, quien deberá informar...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.