Superservicios aclara obligaciones de los productores marginales en la prestación de servicios públicos domiciliarios
Proviene de: Conceptos
17 de julio de 2026 3:8:20
La Superservicios, en ejercicio de sus competencias establecidas en el Decreto 1369 de 2020 y la Ley 142 de 1994, ofreció un concepto jurídico que orienta a las administraciones de propiedad horizontal y otros interesados sobre los lineamientos para operar como productores marginales en el sector de los servicios públicos domiciliarios.
¿Quiénes son los productores marginales?
Según la Ley 142 de 1994, los productores marginales son personas naturales o jurídicas que, utilizando recursos propios y cumpliendo con las normas técnicas vigentes, producen bienes o servicios propios del objeto de las empresas de servicios públicos, ya sea para su propio consumo, para una clientela vinculada económicamente con ellos, o como subproducto de otra actividad principal. Esta figura permite prestar servicios públicos como el acueducto sin constituirse como empresa de servicios públicos (ESP), salvo orden de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA).
Obligaciones y requisitos para los productores marginales
Para operar como productor marginal en servicios de acueducto, es obligatorio obtener:
- Contrato de concesión para el uso de las aguas.
- Permisos ambientales y sanitarios pertinentes.
- Licencias o garantías municipales conforme a las normas de planeación urbana y uso del espacio público.
Además, deben cumplir con las regulaciones y obligaciones establecidas para las ESP, y reportar el inicio de sus actividades tanto a la CRA como a la Superservicios, tal como lo establece el artículo 11 numeral 11.8 de la Ley 142 de 1994.
Registro y control
Una vez iniciado el servicio, el productor marginal debe inscribirse en el Registro Único de Prestadores de Servicios Públicos (RUPS) dentro de los diez días calendario siguientes al...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.