Contexto y entidad emisora
La Resolución DM 0401 de 2026, emitida el 8 de julio de 2026 por el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, modifica la Resolución número 0452 del 29 de marzo de 2012. Esta última aprobó el Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP) del Centro Histórico de Pasto y su zona de influencia, declarada Bien de Interés Cultural de ámbito nacional. La modificación responde a la necesidad de adaptar el plan a los nuevos retos urbanos y normativos, especialmente en relación con la Calle 18, eje crucial del tejido urbano y patrimonial de la ciudad.
Objeto y destinatarios de la resolución
El tema central de la resolución es la redefinición y unificación de los corredores asignados a la Calle 18 en el PEMP, con el fin de establecer un corredor único, continuo y multimodal que concilie la protección patrimonial con la movilidad sostenible. El destinatario principal es el conjunto de actores involucrados en la gestión urbana, cultural y de movilidad del Centro Histórico de Pasto, incluyendo autoridades locales, propietarios, residentes y usuarios del espacio público. Este grupo es clave para garantizar la adecuada implementación y respeto de las disposiciones de protección cultural y movilidad.
Objetivos y finalidad
La resolución tiene como finalidad principal modificar el artículo 14 del PEMP para consolidar la Calle 18 como un “Corredor Especial Calle 18” que integre movilidad activa, espacio público y circulación vehicular pacificada. Busca superar la fragmentación urbanística y operativa detectada en la regulación anterior, promover la continuidad funcional del corredor y facilitar una infraestructura peatonal y ciclista articulada con el sistema estratégico de transporte público, todo ello en un marco de protección del patrimonio cultural.
Decisiones y regulaciones principales
La resolución unifica y reclasifica los corredores tipo 3, 4 y 5 asignados a la Calle 18 en un solo corredor especial que comprende el tramo entre las carreras 21 y 27 del Centro Histórico. Este corredor se define como un espacio prioritariamente peatonal, con un carril vehicular pacificado y la implementación de ciclorrutas cuando la geometría vial lo permita. Además, establece criterios de diseño e intervención que incluyen:
- Accesibilidad garantizada y peatonalización controlada para residentes y servicios.
- Movilidad activa con incorporación de ciclorrutas según espacio disponible.
- Flexibilidad operativa del corredor, permitiendo esquemas vehiculares o peatonales según evaluación técnica.
- Circulación vehicular pacificada con límite de velocidad máximo de 30 km/h y medidas de seguridad vial acordes.
Fundamento legal y procedimiento
La resolución se fundamenta en la Ley 397 de 1997 y sus modificaciones, el Decreto 1080 de 2015 y sus posteriores reformas, entre otras normas relacionadas con la protección del patrimonio cultural y la movilidad urbana. Además, cumple con el procedimiento establecido para la modificación de los PEMP, que incluye la presentación técnica, concepto favorable del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural, ejercicios de urbanismo táctico, socialización con la comunidad y consulta pública a través del Sistema Único de Consulta Pública (SUCOP). No se recibieron observaciones durante la consulta pública.
Impacto potencial
Esta modificación tiene un impacto significativo en la gestión integral del Centro Histórico de Pasto, al promover una intervención urbana coherente con los valores patrimoniales y las políticas de movilidad sostenible. La consolidación de la Calle 18 como corredor multimodal facilita la continuidad peatonal y ciclista, mejora el uso del espacio público y contribuye a la protección del patrimonio cultural. La flexibilidad operativa permitirá adaptarse a las condiciones y necesidades urbanas, buscando un equilibrio entre movilidad, seguridad y conservación.
Vigencia y otras disposiciones
La resolución entra en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial y modifica en lo pertinente el artículo 14 de la Resolución 0452 de 2012, derogando disposiciones contrarias. Además, dispone la inscripción de la modificación en el registro de instrumentos públicos para asegurar su publicidad y rigurosidad jurídica.
Este acto administrativo refleja el compromiso del Ministerio de las Culturas con la actualización y armonización de los instrumentos de gestión patrimonial y urbana, en atención a las necesidades actuales de Pasto y su Centro Histórico reconocido como Bien de Interés Cultural. Con esta medida, se espera fortalecer la identidad cultural y mejorar la calidad de vida de sus habitantes, consolidando la Calle 18 como un modelo de corredor urbano patrimonial y sostenible para otras ciudades del país.