Entidad emisora, tipo de acto y fecha
La Resolución 2026 fue expedida por la Dirección General del Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH) en Bogotá, D.C., en el año 2026. La norma crea el Centro Regional Pacífico como una unidad permanente dentro del ICANH.
Objeto de la norma
La resolución establece el Centro Regional Pacífico como una instancia permanente de presencia territorial para fortalecer el cumplimiento de las funciones misionales del ICANH en la región Pacífica.
Cambios normativos concretos
- Creación del Centro Regional Pacífico como instancia permanente para la investigación, protección y gestión del patrimonio arqueológico, apropiación social del conocimiento y relacionamiento con actores regionales.
- Definición de la sede del Centro en el Distrito Especial de Tumaco, Nariño.
- Determinación del ámbito de actuación en los departamentos de Chocó, Valle del Cauca, Cauca y Nariño.
- Establecimiento de objetivos y funciones específicas para el Centro.
- Regulación de la coordinación institucional interna y con actores externos.
- Procedimiento para modificación, reorganización o supresión del Centro mediante acto administrativo motivado.
Obligaciones creadas
- El Centro Regional debe desarrollar actividades de investigación, protección, gestión y apropiación social del patrimonio arqueológico en su ámbito.
- Coordinar con las dependencias competentes del ICANH para la formulación y ejecución de políticas, planes, programas y proyectos en la región.
- Designación por parte de la Dirección General de un servidor público responsable de coordinar las actividades del Centro.
- Incorporación de las actividades del Centro en los instrumentos institucionales de planeación, gestión y seguimiento del ICANH.
- Apoyar la articulación institucional y comunitaria en la gestión de la Reserva Arqueológica Tumaco – La Tolita y otras áreas protegidas.
Ámbito de aplicación
La Resolución aplica en el ámbito regional, específicamente en la región Pacífica colombiana, abarcando los departamentos de Chocó, Valle del Cauca, Cauca y Nariño. Está dirigida a las dependencias del ICANH, comunidades, autoridades territoriales, instituciones académicas y demás actores sociales y territoriales de la región.
Excepciones o exclusiones
El Centro Regional Pacífico puede desarrollar actividades en otros territorios fuera de su ámbito de actuación por razones técnicas, científicas, administrativas o de articulación regional. Cualquier modificación o supresión del Centro debe realizarse mediante acto administrativo motivado y previo análisis técnico y jurídico.
Base legal para la expedición
La norma se expide en ejercicio de las facultades legales conferidas por el artículo 78 de la Ley 489 de 1998 y el Decreto 0993 de 2025, que regulan la estructura y funciones del ICANH.
Vigencia y participación ciudadana
La resolución entra en vigencia a partir de su publicación. El proyecto fue sometido a consulta pública en el sitio web del ICANH durante un período establecido para recibir observaciones, de conformidad con el numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011.
Régimen de transición
No se establece un régimen de transición específico, pero se señala que las actividades y recursos del Centro se integrarán a los instrumentos institucionales de planeación y gestión del ICANH conforme a la disponibilidad presupuestal y normativa aplicable.
De esta manera, la Resolución 2026 del ICANH representa un avance significativo para la consolidación de una gestión territorial efectiva del patrimonio arqueológico en la región Pacífica, promoviendo la investigación, protección y participación comunitaria como pilares fundamentales para el desarrollo cultural y científico de la zona.