Entidad emisora, número y fecha de expedición
La norma fue expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores como una adición a la Resolución 5488 de 2022. La fecha de expedición corresponde al año 2024, rigiendo a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial.
Objeto de la norma
La resolución adiciona la exención de visa para actividades de corta estancia a los ciudadanos titulares de pasaportes de Asuntos Públicos de la República Popular China.
Cambios normativos concretos
- Se adiciona el literal D al parágrafo del artículo 3º del Capítulo II de la Resolución 5488 de 2022.
- Este nuevo literal establece la exención de visa de visitante para actividades de corta estancia a nacionales de la República Popular China que porten pasaporte de Asuntos Públicos.
- Se deroga expresamente la Resolución 10535 de 2018 en lo relacionado con las disposiciones sobre visas en materia migratoria.
Obligaciones creadas
- Los titulares de pasaportes de Asuntos Públicos de la República Popular China podrán ingresar sin visa para actividades de corta estancia.
- La permanencia autorizada en el territorio nacional será por un término máximo de treinta (30) días.
- El Ministerio de Relaciones Exteriores debe aplicar las disposiciones para otorgar dicha exención conforme a los términos establecidos.
Ámbito de aplicación
La resolución tiene alcance nacional y se aplica a todos los ciudadanos titulares de pasaportes de Asuntos Públicos de la República Popular China que pretendan ingresar al territorio colombiano para actividades de corta estancia.
Excepciones o exclusiones
No se establecen expresamente excepciones o exclusiones en la norma para la exención de visa otorgada a los nacionales de la República Popular China con pasaportes de Asuntos Públicos.
Base legal
La expedición de la norma se fundamenta en el artículo 61 de la Ley 489 de 1998, la Ley 2136 de 2021, el Decreto 1067 de 2015 y el Decreto 869 de 2016, que otorgan competencia al Ministerio de Relaciones Exteriores para regular aspectos migratorios y de visas.
Vigencia y participación ciudadana
La resolución rige a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial. No se mencionan mecanismos específicos de participación ciudadana en el texto normativo.
Régimen de transición o implementación
No se establecen plazos adicionales ni régimen de transición; la exención de visa inicia su aplicación desde la vigencia de la resolución.
En conclusión, esta resolución modifica el régimen de exención de visas para actividades de corta estancia, incorporando expresamente a los titulares de pasaportes de Asuntos Públicos de la República Popular China dentro de este beneficio migratorio en Colombia, facilitando así la movilidad y fortaleciendo las relaciones bilaterales entre ambos países.