Entidad autora y tipo de acto
El proyecto es presentado por el Ministerio de Justicia y del Derecho como un decreto reglamentario, que busca desarrollar los artículos 7 y 25 de la Ley 2326 de 2023 y el Decreto 1428 de 2024, en materia de búsqueda, localización, protección y reparación de personas desaparecidas en los grupos poblacionales señalados.
Objeto del proyecto
El proyecto propone adoptar un Plan Transversal que coordine y regule las acciones para la búsqueda y reparación de niñas, niños, adolescentes, jóvenes y mujeres desaparecidas, a nivel nacional y bajo un enfoque interinstitucional.
Cambios normativos concretos
De aprobarse, el decreto:
- Adicionaría un Capítulo 13 al Título 5 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015, en el cual se establece el Plan Transversal para la Búsqueda y Reparación.
- Incluiría el Plan Transversal como un instrumento normativo de carácter interinstitucional que vincula a las entidades del Comité de Coordinación Nacional de la Alerta Rosa y otras autoridades competentes.
- Establecería principios y enfoques obligatorios para la formulación, implementación, seguimiento y evaluación del Plan, conforme a la Ley 2326 de 2023 y el Decreto 1428 de 2024.
- Precisaría la articulación del Plan con el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas y otros planes nacionales y regionales relacionados.
- Determinaría la vigencia del Plan en un término inicial de diez (10) años, prorrogables por períodos iguales previa evaluación.
Obligaciones propuestas
- Las entidades que integran el Comité de Coordinación Nacional de la Alerta Rosa deberán implementar el Plan en el ámbito de sus competencias.
- La Dirección del Comité será responsable de realizar seguimiento semestral y presentar informes de avance al Comité.
- El Comité de Coordinación Nacional evaluará anualmente el Plan y podrá actualizarlo sin necesidad de modificar el decreto.
- El informe anual de evaluación deberá ser publicado en la página web de la Alerta Rosa y presentado ante las Secretarías del Senado y de la Cámara, así como a las Comisiones Legales de Derechos Humanos y Equidad de la Mujer del Congreso.
Ámbito de aplicación
El decreto y el Plan Transversal serían de obligatorio cumplimiento para:
- Las diecisiete entidades que integran el Comité de Coordinación Nacional de la Alerta Rosa.
- Otras autoridades y entidades nacionales, departamentales, distritales y municipales que, en ejercicio de sus competencias, deban intervenir o puedan contribuir en la búsqueda, localización, protección y reparación de las personas señaladas.
Estado legal y participación ciudadana
Este proyecto normativo se encuentra en etapa de consulta pública y no produce efectos legales vigentes. La ciudadanía y demás interesados podrán remitir sus observaciones hasta el [indicar fecha exacta de cierre de comentarios], por medio de los canales dispuestos por el Ministerio de Justicia y del Derecho, tales como correo electrónico, plataforma web oficial o direcciones físicas habilitadas para tal fin.
Régimen de transición o implementación
El proyecto fija una vigencia inicial del Plan de diez años, con posibilidad de prórroga por períodos iguales, sujeta a la evaluación anual realizada por el Comité de Coordinación Nacional de la Alerta Rosa