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Resolución 174 de 2026: obligación de suscribir compromiso de seguridad y confidencialidad en la Procuraduría

Proviene de: Resoluciones

28 de julio de 2026 21:49:49

Entidad emisora, número y fecha

La Resolución 174 fue expedida por la Procuraduría General de la Nación el 2 de julio de 2026.

Objeto de la norma

La resolución establece la obligación para todos los funcionarios, contratistas, terceros vinculados y demás personas con acceso a la información de la Procuraduría de suscribir un compromiso único de seguridad y confidencialidad.

Cambios normativos concretos

  • Se crea el Formato Único de Compromiso de Seguridad y Confidencialidad de la Información, que debe ser suscrito antes de acceder a la información institucional.
  • Se derogan disposiciones contrarias a lo establecido en esta resolución.
  • Se complementan las políticas, manuales y disposiciones vigentes sobre seguridad de la información y protección de datos personales en la entidad.

Obligaciones creadas

  • Toda persona natural o jurídica que inicie relación con la Procuraduría deberá suscribir el Formato Único antes de acceder, manejar o administrar información de la entidad.
  • La no suscripción impedirá el otorgamiento de permisos de acceso o credenciales para interactuar con la información institucional.
  • Los jefes o coordinadores inmediatos deberán remitir informes de cumplimiento respecto a la suscripción por parte del personal a su cargo, dentro de un término de 90 días para quienes ya tengan relación vigente con la entidad.
  • Una copia digital del compromiso deberá conservarse en el repositorio institucional para garantizar trazabilidad y control.
  • El incumplimiento de los deberes relacionados con seguridad y confidencialidad podrá generar responsabilidades disciplinarias, penales, fiscales, contractuales, civiles o administrativas según la legislación.

Ámbito de aplicación

La resolución aplica a nivel nacional para todas las personas naturales o jurídicas vinculadas con la Procuraduría General de la Nación que manejen o tengan acceso a información institucional.

Excepciones o exclusiones

No se establecen excepciones expresas en la resolución para la obligación de suscribir el compromiso.

Base legal

La expedición de esta norma se fundamenta en el artículo 277 de la Constitución Política, el artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000 modificado por el Decreto Ley 1851 de 2021, y demás disposiciones aplicables en materia constitucional, de protección de datos personales, seguridad de la información y régimen disciplinario.

Fecha de entrada en vigencia y régimen de transición

La resolución rige desde la fecha de expedición, 2 de julio de 2026. Se establece un régimen de transición que otorga un plazo de noventa (90) días calendario para que las personas vinculadas previamente suscriban el compromiso. Durante este período, los jefes o coordinadores deberán informar sobre el cumplimiento.

Procedimiento y disponibilidad

El procedimiento para la suscripción del Formato Único será definido por el Grupo de Protección de Datos y Activos de Información. El formato estará disponible en el Sistema de Gestión de Calidad y en los servicios electrónicos institucionales.

Relación con normas vigentes

Esta resolución complementa las políticas y disposiciones internas vigentes en la Procuraduría en materia de seguridad de la información y protección de datos personales, sin sustituirlas. Además, incorpora las obligaciones previstas en normas constitucionales, legales y penales relacionadas con la protección de datos, la confidencialidad y la responsabilidad de los servidores públicos. --- Este resumen ejecutivo presenta los aspectos esenciales de la Resolución 174 de 2026, sin interpretación ni valoración, para informar sobre los cambios y obligaciones que introduce en la gestión de la información en la Procuraduría General de la Nación. La implementación de esta norma busca fortalecer la seguridad y confianza en el manejo de la información institucional, garantizando que todos los actores vinculados asuman un compromiso formal con la protección de los datos y la confidencialidad requerida por la entidad.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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