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Resolución 354 de 2025: creación y reasignación de grupos de trabajo en la Procuraduría Delegada 7

Proviene de: Resoluciones

28 de julio de 2026 21:49:49

Entidad emisora, número y fecha

La norma fue expedida por la Procuraduría General de la Nación mediante la Resolución 354 de 2025, con fecha del 3 de diciembre de 2025.

Objeto de la norma

Regula la creación de grupos de trabajo especializados y la reasignación de funciones dentro de la Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 7, encargada de asuntos civiles, laborales y de seguridad social.

Cambios normativos concretos

  • Creación de tres grupos de trabajo al interior de la Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 7:
    • Grupo en Asuntos Civiles, del Trabajo y la Seguridad Social.
    • Grupo de Intervención en Asuntos Civiles.
    • Grupo de Intervención en Asuntos del Trabajo y la Seguridad Social.
  • Asignación de funciones específicas y detalladas a cada grupo de trabajo para el cumplimiento de la misión institucional.
  • Designación de coordinadores para cada grupo, responsables de la supervisión y organización de las tareas.
  • Reasignación y ubicación del personal en los grupos según necesidades del servicio y naturaleza de las funciones.
  • Confirmación de la competencia de los centros de conciliación civiles y comerciales de la Procuraduría en las ciudades autorizadas.
  • Continuidad del apoyo del personal de planta adscrito a la Procuraduría Delegada para funciones de dirección, coordinación y representación institucional.
  • Derogación de disposiciones contrarias a la presente resolución.

Obligaciones creadas

  • Los coordinadores de grupo deben:
    • Garantizar el cumplimiento efectivo de las funciones asignadas.
    • Distribuir y organizar las cargas de trabajo entre los integrantes.
    • Elaborar informes y reportes periódicos para la Delegada y otros usuarios.
    • Realizar seguimiento y control de las actividades del grupo.
    • Adoptar medidas necesarias para el cumplimiento de las funciones.
    • Informar a la Delegada sobre el estado de los asuntos a su cargo.
    • Coordinar la articulación entre grupos para fortalecer el funcionamiento conjunto.
    • Atender solicitudes relacionadas con el trámite de los asuntos competentes.
    • Gestionar labores administrativas, técnicas y misionales del grupo.
    • Conceder permisos justificables a los servidores bajo su coordinación.
    • Concertar y realizar seguimiento a compromisos laborales y evaluación de desempeño del personal.
  • Los servidores designados en los centros de conciliación deben cumplir con los requisitos y calidades establecidas en la normativa vigente y manuales de funciones.
  • El personal adscrito a la Procuraduría Delegada debe continuar brindando apoyo directo en las funciones de dirección y coordinación según las necesidades del servicio.
  • Las dependencias internas deben ajustar las métricas de sus sistemas de información conforme a los cambios establecidos.

Ámbito de aplicación

La resolución tiene ámbito nacional y aplica a la Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 7: para Asuntos Civiles, del Trabajo y la Seguridad Social, sus grupos de trabajo y los centros de conciliación civiles y comerciales habilitados en Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Bucaramanga y Villavicencio. También afecta a las dependencias internas relacionadas con la gestión administrativa, técnica y misional de dicha Delegada.

Excepciones o exclusiones

No se establecen excepciones expresas en la norma. Sin embargo, se aclara que la creación de grupos de trabajo no modifica la estructura de planta de personal, tratándose de formas operativas para la distribución de tareas.

Base legal que faculta la expedición

La norma se expide en ejercicio de las facultades constitucionales conferidas en el artículo 277 de la Constitución Política, y legales otorgadas en los numerales 6, 7, 8, 29, 33 y 34 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, modificado por el Decreto Ley 1851 de 2021.

Fecha de entrada en vigencia

La resolución rige a partir de su expedición, es decir, desde el 3 de diciembre de 2025.

Régimen de transición o plazos de implementación

Se establece que la conformación de los grupos de trabajo estará a cargo del Procurador General, quien designará al personal correspondiente conforme a necesidades del servicio. También se dispone la continuación del apoyo del personal actualmente adscrito a la Procuraduría Delegada para funciones de dirección y coordinación, sin modificación de planta. Las dependencias internas deberán ajustar sus sistemas informáticos a la nueva organización para garantizar una transición eficiente y sin afectaciones en la prestación de los servicios. Con esta resolución, la Procuraduría busca optimizar la gestión y respuesta en asuntos civiles, laborales y de seguridad social, fortaleciendo la coordinación interna y la atención a la ciudadanía en todo el territorio nacional.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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