Entidad proponente y publicación para comentarios
El proyecto de resolución fue presentado por el Ministerio de Minas y Energía y se encuentra en proceso de consulta pública para la presentación de observaciones y comentarios, conforme a los procedimientos establecidos en la normativa vigente. El término para participación ciudadana está definido en la publicación oficial del proyecto.
Objeto del proyecto
El proyecto establecería la adopción de la Política Pública de Derechos Humanos del Sector Minero Energético, cuyo contenido se incorpora como Anexo Técnico integral. Esta política actualizaría la adoptada en 2018 mediante Resolución 40796, incorporando nuevos desarrollos normativos, jurisprudenciales e internacionales, y orientaría la actuación del Ministerio de Minas y Energía y sus entidades adscritas para la incorporación progresiva del enfoque basado en derechos humanos.
Disposiciones y obligaciones propuestas
De expedirse, el proyecto establecería las siguientes disposiciones y obligaciones:
- Adopción de una política pública sectorial que contiene diagnóstico sectorial, marco normativo, enfoques diferenciales y transversales, objetivos específicos, ejes estratégicos, mecanismos de gobernanza, seguimiento, evaluación y plan de acción para su implementación.
- Aplicación obligatoria para el Ministerio de Minas y Energía y sus entidades adscritas, las cuales deberán incorporar el enfoque de derechos humanos en sus políticas, planes, programas, proyectos e instrumentos de gestión dentro de sus competencias.
- Creación del Comité de Derechos Humanos del Sector Minero Energético como instancia de coordinación, articulación, seguimiento y evaluación, sin carácter decisorio vinculante, integrado por representantes de las principales entidades del sector.
- Implementación del Plan de Acción contenido en el Anexo Técnico, el cual servirá como instrumento para la planeación, gestión, articulación, seguimiento y evaluación de la política pública sectorial.
- Fortalecimiento y promoción de la debida diligencia empresarial y conducta empresarial responsable, incluyendo la integración de estándares internacionales y nacionales en los Planes de Gestión Social y Programas en Beneficio de las Comunidades.
- Incorporación de enfoques diferenciales, de género, territoriales, de justicia ambiental y climática, y de paz en todas las acciones y políticas sectoriales.
- Desarrollo de mecanismos para la protección de personas defensoras de derechos humanos, trabajadores y sindicatos del sector, así como personal técnico, científico y de investigación que opere en zonas de riesgo.
- Fortalecimiento de mecanismos institucionales de peticiones, quejas y reclamos relacionados con riesgos o impactos en derechos humanos, así como procedimientos para su seguimiento y atención integral.
- Promoción y fortalecimiento de la participación social y gobernanza territorial, mediante el acceso a información clara, oportuna y culturalmente apropiada, y la realización de procesos de diálogo y monitoreo comunitario.
- Creación de la Mesa Interinstitucional para la Gobernanza de la Política de Derechos Humanos del Sector Minero Energético, integrada por representantes del Comité de Derechos Humanos sectorial, organizaciones sociales, gremios, academia, sociedad civil y cooperación internacional.
- Asignación de los recursos presupuestales correspondientes para la implementación de la política, dentro del marco de competencias y disponibilidad financiera de las entidades.
- Derogación expresa de la Resolución 40796 de 2018, para garantizar la vigencia de un único instrumento sectorial en materia de derechos humanos.
Ámbito de aplicación
El ámbito de aplicación sería nacional y se dirigiría específicamente al Ministerio de Minas y Energía y sus entidades adscritas, incluyendo la Agencia Nacional de Minería, la Agencia Nacional de Hidrocarburos, la Unidad de Planeación Minero Energética, el Servicio Geológico Colombiano y el Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas para las Zonas No Interconectadas, entre otras.
Excepciones o exclusiones
El proyecto no contempla expresamente excepciones o exclusiones a su ámbito de aplicación, pero manifiesta que no crea, modifica ni amplía competencias o funciones diferentes a las previstas en la Constitución, la ley y los reglamentos.
Plazo y mecanismos para la participación ciudadana
El proyecto fue publicado en la página web oficial del Ministerio de Minas y Energía para recibir comentarios y observaciones. El plazo para la presentación de estos está señalado en la publicación oficial del proyecto. La participación ciudadana podría realizarse a través de canales institucionales habilitados, como correo electrónico, formularios web o radicación física, conforme a los requisitos formales indicados por la entidad.
Base legal y modificaciones
El proyecto se fundamenta en las facultades constitucionales y legales del Ministro de Minas y Energía, principalmente en los artículos 208 de la Constitución Política, 59 y 61 de la Ley 489 de 1998, y los decretos 381 de 2012 y 552 de 2026, entre otros. Además, incorpora mandatos derivados de tratados internacionales ratificados por Colombia en materia de derechos humanos, ambiente, empresas y derechos humanos, y desarrollo sostenible.
El proyecto derogaría expresamente la Resolución 40796 de 2018, que adoptó la Política Pública de Derechos Humanos del Sector Minero Energético anterior, sin generar vacíos normativos ni afectar la continuidad institucional.
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Este proyecto busca establecer un marco actualizado para la protección, respeto, promoción y garantía integral de los derechos humanos en el sector minero energético, mediante lineamientos específicos, mecanismos de coordinación y seguimiento, así como la incorporación de enfoques diferenciales y transversales. La participación ciudadana está abierta para enriquecer su contenido antes de su eventual expedición, con el fin de consolidar una política pública robusta que responda a los desafíos actuales y futuros del sector, promoviendo un desarrollo sostenible y respetuoso de los derechos humanos en Colombia.