La Comisión Nacional de Disciplina Judicial, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, negó la solicitud de cambio de radicación presentada en un proceso disciplinario que se encuentra a cargo de la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Tolima. La petición fue formulada por el abogado investigado, quien alegó presunta falta de imparcialidad y objetividad en el trámite del proceso.
Fundamentos de la solicitud
La solicitud se fundamentó en que el secretario de la comisión seccional habría tenido conocimiento anticipado de una queja disciplinaria presentada en su contra y que, durante un culto religioso celebrado el mismo día, este funcionario habría hecho alusión pública a dicho hecho, lo que podría constituir una filtración irregular de información reservada y una indebida injerencia en el proceso.
Respuesta de la comisión
No obstante, la comisión aclaró que las funciones del secretario son de carácter administrativo y no decisorio, limitándose a la gestión documental y recepción de escritos, sin competencia para adoptar decisiones dentro del proceso disciplinario. Por lo tanto, no se evidenció que la imparcialidad del magistrado encargado estuviera comprometida.
Además, el análisis del material probatorio aportado, incluyendo un video del acto religioso, no permitió concluir de manera clara que la referencia hecha durante el culto estuviera dirigida específicamente a la queja disciplinaria mencionada ni que el documento exhibido correspondiera al citado proceso.
En cuanto a la supuesta filtración de información, tampoco se acreditó la existencia efectiva de la queja disciplinaria en la fecha señalada ni que el funcionario hubiera tenido acceso indebido a documentos reservados.
La comisión también valoró que no se presentaron evidencias de obstáculos que limiten la publicidad del juzgamiento ni amenazas que comprometan la seguridad de las partes o funcionarios.
Conclusión
En conclusión, al no existir circunstancias extraordinarias que justifiquen la modificación de la competencia territorial, se negó la solicitud de cambio de radicación y se ordenó devolver el expediente a la comisión seccional original para la continuación del trámite disciplinario correspondiente. De esta manera, se garantiza el respeto por el debido proceso y la transparencia en la investigación disciplinaria.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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