Entidad emisora, tipo de norma y fecha
El Acuerdo 27 de 2026 fue expedido por la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) el 29 de julio de 2026 y publicado en el Diario Oficial No. 53.571 el 31 de julio de 2026.
Objeto de la norma
El Acuerdo regula la aprobación del informe integral de avance de ejecución del Plan de Acción Cuatrienal 2024-2027 de la CAR correspondiente al primer semestre del año 2026.
Cambios normativos concretos
- Se aprueba el informe integral de avance de ejecución física y financiera del PAC 2024-2027 con corte al 30 de junio de 2026.
- Se incorporan y ajustan actividades, indicadores y metas del PAC para las vigencias 2025, 2026 y 2027 conforme a modificaciones previas aprobadas mediante Acuerdos 16 y 44 de 2025 y 14 de 2026.
- Se dispone el envío del informe integral junto con el acuerdo respectivo al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
- Se establece la obligación de realizar el cargue de la información en el Sistema de Información para la Planeación y Gestión Ambiental (SIPGA) conforme a la normativa vigente.
Obligaciones creadas
- La CAR debe aprobar el informe integral de avance semestral del PAC y remitir copia del acuerdo y del informe al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
- La CAR debe efectuar el cargue del informe integral de avance en el SIPGA en los plazos y formatos establecidos por la normativa sectorial.
- Las áreas responsables dentro de la CAR deben reportar y certificar el avance físico y financiero de las actividades y proyectos contemplados en el PAC para su consolidación en el informe.
Ámbito de aplicación
La norma aplica en el ámbito regional, específicamente dentro de la jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca. Está dirigida a la entidad como responsable de la planeación y gestión ambiental regional, y a las áreas internas encargadas de la ejecución del Plan de Acción Cuatrienal.
Excepciones o exclusiones
El Acuerdo no establece excepciones o exclusiones expresas en su contenido.
Base legal
La expedición del Acuerdo se fundamenta en las facultades legales y estatutarias conferidas por:
- El artículo 2.2.8.6.5.4 del Decreto Único Reglamentario número 1076 de 2015.
- Los artículos 9° de la Resolución número 667 de 2016 y 6° de la Resolución número 072 de 2022 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
- Los numerales 9 y 10 del artículo 24 del Acuerdo número 53 de 2024, modificado parcialmente por el Acuerdo número 57 de 2026.
- El artículo 23 de la Ley 99 de 1993.
Vigencia
El Acuerdo rige a partir de su fecha de publicación en el Diario Oficial, es decir, desde el 31 de julio de 2026.
Régimen de transición o plazos de implementación
La norma establece obligaciones semestrales y anuales de reporte y aprobación de los avances en la ejecución del PAC, conforme a los cortes del 30 de junio y 31 de diciembre de cada año, con reporte inmediato en el SIPGA según los lineamientos vigentes.
De esta manera, el Acuerdo 27 de 2026 fortalece la gestión ambiental regional al garantizar la transparencia y seguimiento oportuno del Plan de Acción Cuatrienal, contribuyendo al cumplimiento de los objetivos estratégicos de la CAR y al desarrollo sostenible en Cundinamarca.