Contexto y fundamento normativo
La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente respondió una consulta sobre si los documentos tipo del sector social, en particular los relacionados con el sector educativo y la modalidad de mínima cuantía, deben aplicarse en procesos para la tala y poda de árboles en establecimientos educativos oficiales.
Se señaló que la competencia de esta entidad se limita a la interpretación general de normas sobre contratación pública, sin involucrarse en asesorías o validaciones de casos particulares. En tal sentido, el concepto emitido ofrece orientaciones generales para que las entidades contratantes puedan decidir conforme a su autonomía administrativa y contractual.
Definiciones clave y aplicación práctica
El Decreto 646 de 2025 define la silvicultura urbana como un sistema múltiple de ordenación que incluye el manejo integral y la tala de árboles en espacios urbanos, con el fin de potenciar servicios ambientales. Además, el manejo silvicultural comprende prácticas técnicas como fertilización, poda, riego y mantenimiento de árboles.
La matriz de experiencia de los documentos tipo para mínima cuantía en el sector educativo incluye en su actividad 2.7 proyectos relacionados con la construcción, mantenimiento, reposición y restauración de zonas verdes y actividades de paisajismo asociadas a infraestructura educativa. El paisajismo se entiende como la actividad que modifica características visibles y físicas de un espacio para mejorar su aspecto estético y funcional, incluyendo la planificación, diseño y ejecución de áreas verdes.
Si bien la tala y siembra de árboles no constituyen por sí solas un proyecto de paisajismo, pueden formar parte de las obras enmarcadas en esta categoría. Por ello, corresponde a la entidad evaluar si las actividades de silvicultura que pretende adelantar se ajustan a la actividad de paisajismo prevista en la matriz de experiencia para mínima cuantía.
Consideraciones jurídicas y contractuales
Conforme a los artículos 656 y 657 del Código Civil, los árboles y plantas son considerados inmuebles por adhesión, por lo que las actividades de mantenimiento, reposición y restitución sobre ellos constituyen trabajos materiales sobre un inmueble y, por ende, forman parte de la definición de obra pública según el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.
En consecuencia, estas actividades pueden requerir la aplicación obligatoria de los documentos tipo adoptados para obra pública en el sector social. Sin embargo, la entidad contratante tiene autonomía para definir las condiciones y reglas aplicables a sus procesos de selección, siempre bajo los principios y disposiciones legales vigentes.
Conclusión
La aplicación de los documentos tipo a procesos contractuales de silvicultura, como la tala y poda de árboles en establecimientos educativos, dependerá de la evaluación que realice la entidad contratante sobre si estas actividades se enmarcan dentro de las definiciones y actividades previstas en las matrices de experiencia y documentos tipo para obra pública.
La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente recomienda que las entidades adopten estos documentos para garantizar procesos transparentes, eficientes y competitivos, contribuyendo a una adecuada gestión de los recursos públicos en el sector social.
Para más información, las entidades pueden consultar los documentos tipo y la guía para su implementación en el sitio oficial de Colombia Compra Eficiente, donde encontrarán herramientas que facilitan la correcta aplicación de la normativa y promueven buenas prácticas contractuales en el manejo de las áreas verdes en establecimientos educativos. Con ello, se busca fortalecer la gestión ambiental y la sostenibilidad en el ámbito educativo público.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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