Alcance y principios del revisor fiscal en propiedad horizontal comercial
Las funciones del revisor fiscal en una propiedad horizontal se encuentran establecidas principalmente en el artículo 57 de la Ley 675 de 2001, el artículo 207 del Código de Comercio y la Ley 43 de 1990. Estas disposiciones delimitan su actuación como órgano independiente de fiscalización, vigilancia y control, sin funciones de coadministración. En el ejercicio de sus funciones, el revisor fiscal debe actuar con integridad, objetividad, independencia y escepticismo profesional, evaluando permanentemente amenazas que puedan afectar su independencia mental o aparente, particularmente cuando exista vinculación con entidades que mantengan relaciones económicas o intereses comunes.
Evaluación de situaciones y conflictos de interés
El CTCP puntualiza que, aunque no está prohibida la prestación simultánea de servicios de revisoría fiscal en entidades relacionadas, el contador público debe evaluar si esta situación genera amenazas a su independencia y objetividad. En caso de identificarlas, deberá aplicar salvaguardas o, de ser necesario, abstenerse o renunciar al encargo. Asimismo, el revisor fiscal debe informar oportunamente sobre operaciones o circunstancias que afecten materialmente los estados financieros, el cumplimiento normativo o el control interno de la copropiedad.
Responsabilidades en el manejo de recursos y control de poderes
El revisor fiscal debe asegurar que todas las operaciones, como donaciones y devoluciones de dinero, estén debidamente soportadas, reconocidas contablemente y reveladas conforme a los principios de transparencia e integridad. La omisión de reportar irregularidades o incumplimientos normativos puede afectar la confianza en la gestión. Respecto a la verificación de poderes para la asamblea de copropietarios, se señala que esta función corresponde principalmente a la administración o a los mecanismos definidos por la copropiedad. No obstante, el revisor fiscal puede advertir irregularidades relevantes que afecten la legalidad y transparencia del proceso.
Interpretación normativa y limitaciones del revisor fiscal
El revisor fiscal debe actuar conforme a la ley y reglamento de propiedad horizontal, sin sustituir a las autoridades judiciales ni resolver controversias jurídicas. Su función es alertar sobre riesgos jurídicos, financieros o de cumplimiento, pero la interpretación definitiva de normas y la resolución de conflictos corresponde a los órganos competentes.
Principios éticos y recomendaciones finales
El consejo recuerda que el revisor fiscal debe mantener independencia mental y aparente, observando los principios éticos previstos en la Ley 43 de 1990 y el código de ética incorporado en el decreto único reglamentario 2420 de 2015. Debe evaluar amenazas que afecten su objetividad y adoptar las salvaguardas necesarias para garantizar la confianza pública inherente a su función. Además, sus pronunciamientos no buscan determinar responsabilidades individuales ni resolver controversias específicas, sino orientar sobre su función profesional y ética.
Este concepto técnico se basa en la información proporcionada y establece lineamientos claros para el adecuado ejercicio de la revisoría fiscal en centros comerciales de propiedad horizontal, reforzando la importancia de la transparencia y el cumplimiento normativo en este sector. De esta manera, se busca fortalecer la confianza de los copropietarios y demás interesados en la gestión financiera y administrativa de estas propiedades.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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