Roles diferenciados del contador y revisor fiscal
La normativa colombiana establece que el contador público participa en la preparación y certificación de la información financiera bajo su responsabilidad profesional. Por otro lado, el revisor fiscal ejerce funciones de fiscalización y aseguramiento independientes respecto a dicha información y al cumplimiento de las normas aplicables. Esta distinción se encuentra regulada en el Código de Comercio, la Ley 43 de 1990, la Ley 222 de 1995, la Ley 675 de 2001 (cuando aplique) y el Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015.
El artículo 50 de la Ley 43 de 1990 establece que el revisor fiscal debe mantener su independencia respecto a la entidad donde ejerce. Además, el Código de Ética profesional exige identificar y gestionar amenazas a los principios de ética e independencia, como las de autorrevisión que se presentarían si un mismo profesional actúa simultáneamente en ambos roles para un mismo periodo.
Validez de los estados financieros y responsabilidades
En el caso analizado, donde un profesional firma como contador y revisor fiscal para el mismo periodo, el CTCP advierte que la evaluación del cumplimiento ético y normativo es responsabilidad del profesional. Sin embargo, la determinación de incumplimientos legales, disciplinarios o éticos y la imposición de sanciones corresponden a las autoridades competentes.
Respecto a los estados financieros, la Ley 222 de 1995 indica que deben ser suscritos por el representante legal y el contador responsable de su preparación. Cuando exista revisor fiscal, este debe emitir el dictamen correspondiente. La aprobación final de los estados financieros en propiedad horizontal es función exclusiva de la Asamblea General de Copropietarios, según la Ley 675 de 2001.
Elección del revisor fiscal y cumplimiento de funciones
La elección, reelección y remoción del revisor fiscal deben realizarse conforme a la Ley 675 de 2001, el reglamento de propiedad horizontal y el Código de Comercio. El revisor fiscal está obligado a cumplir sus funciones, incluyendo la emisión de informes y dictámenes dentro del alcance legal y profesional.
El CTCP señala que la ausencia de informes escritos del revisor fiscal y la falta de procesos adecuados para su elección representan incumplimientos que deben ser evaluados y sancionados por las autoridades competentes, pues exceden las atribuciones de orientación técnica de este organismo.
Autoridades competentes y recomendaciones
Para cuestiones administrativas y de funcionamiento interno, la Asamblea General, el consejo de administración y el administrador son responsables dentro de la copropiedad. La vigilancia, control y sanciones relacionadas con posibles irregularidades en la contabilidad y funciones del revisor fiscal corresponden a las autoridades municipales o distritales y a la Junta Central de Contadores, según corresponda.
El CTCP recomienda que cualquier situación atípica sea reportada a estas entidades para su análisis y que los profesionales involucrados evalúen el cumplimiento de los principios éticos y normativos en el ejercicio de sus funciones.
Este concepto se basa en la información general proporcionada y no resuelve casos particulares, dejando la responsabilidad de la aplicación de sanciones y medidas correctivas a las autoridades competentes.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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