Tope máximo de multas y criterios de imposición
El artículo 40 de la Ley 1333 de 2009, modificado por la Ley 2387 de 2024, estableció un tope máximo de 100.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV) para las multas ambientales. Esta sanción debe ser determinada por las autoridades ambientales competentes conforme a criterios técnicos, jurídicos y probatorios, aplicando principios de proporcionalidad, razonabilidad, debido proceso y motivación del acto administrativo.
La metodología para la tasación de multas, adoptada originalmente mediante la Resolución 2086 de 2010, toma en cuenta variables como el beneficio ilícito, la temporalidad de la infracción, el grado de afectación ambiental, la evaluación del riesgo, circunstancias agravantes y atenuantes, costos asociados y la capacidad socioeconómica del infractor. La cuantificación final depende de la acreditación técnica y probatoria en cada procedimiento específico, sin que exista una cifra máxima práctica predeterminada fuera de un caso concreto.
Multas diarias y comparación con el régimen anterior
El concepto aclara que el antiguo esquema de multas diarias hasta por 5.000 SMMLV, previsto en la Ley 1333 de 2009, respondía a infracciones continuadas en el tiempo y tenía un carácter coercitivo para incentivar el cese de conductas infractoras. El límite diario no equivalía necesariamente al monto total acumulado, que dependía de la duración de la infracción.
En contraste, la reforma de 2024 establece un régimen con un tope máximo único significativamente mayor, orientado a sancionar conductas de especial gravedad o impacto ambiental. Ambos modelos sancionatorios son distintos y su aplicación debe sujetarse a criterios técnicos y jurídicos específicos para cada caso, sin equivalencias automáticas entre ellos.
Actualización y régimen transitorio
El Ministerio de Ambiente informó que se encuentran en desarrollo análisis técnicos y jurídicos para armonizar la metodología de tasación de multas con la nueva ley. Actualmente, se trabaja en proyectos de actos administrativos que serán sometidos a consulta pública.
Mientras tanto, rige un régimen transitorio en el que continúan aplicándose las disposiciones reglamentarias vigentes compatibles con la Ley 2387 de 2024, incluyendo el Decreto 1076 de 2015 y la Resolución 2086 de 2010, garantizando la seguridad jurídica y continuidad administrativa.
Conclusiones
El concepto jurídico recuerda que las decisiones contenidas en él corresponden a una interpretación en abstracto y no a un caso concreto, y que las autoridades ambientales deben seguir ejercitando su potestad sancionatoria conforme al marco legal vigente, aplicando los principios constitucionales y legales que rigen el régimen sancionatorio ambiental.
De esta manera, la reforma busca fortalecer la protección ambiental mediante un sistema sancionatorio más claro y efectivo, asegurando que las multas sean proporcionales al daño causado y que se respeten los derechos de los infractores en todos los procedimientos administrativos. El Ministerio de Ambiente continuará informando y actualizando las directrices conforme avance la implementación de la Ley 2387 de 2024, promoviendo así una gestión ambiental sostenible y responsable.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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