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Proviene de: Gacetas
3 de agosto de 2026 20:10:33
El proyecto de ley propone crear un mecanismo permanente de inversión territorial que permita a las personas jurídicas contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios destinar voluntariamente hasta el 50% del impuesto a financiar proyectos de inversión pública en municipios y departamentos. El mecanismo busca fomentar el desarrollo regional y cerrar brechas económicas y sociales.
El proyecto señala que el mecanismo será voluntario, aplicable a personas jurídicas con ingresos brutos iguales o superiores a 33.610 UVT en el período gravable. Los contribuyentes deberán manifestar la opción de pago mediante este mecanismo, contar con la aprobación de su junta directiva y seleccionar los proyectos priorizados por las entidades territoriales y el Departamento Nacional de Planeación (DNP).
El impuesto sobre la renta conserva su naturaleza nacional y la administración, fiscalización, determinación, liquidación, recaudo y control continuarán a cargo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). La ejecución directa de proyectos no genera exención, deducción, descuento ni beneficio tributario adicional.
El Consejo Superior de Política Económica y Fiscal (CONFIS) aprobará anualmente un cupo máximo para la financiación de proyectos mediante este mecanismo, distribuido entre municipios y departamentos con concepto favorable del DNP. Los recursos deberán destinarse exclusivamente a proyectos de inversión pública en sectores como salud, educación, infraestructura, vivienda, desarrollo rural, ciencia y tecnología, protección ambiental, gestión del riesgo, seguridad ciudadana y generación de empleo.
El contribuyente que opte por esta modalidad deberá depositar los recursos en una fiducia destinada exclusivamente a la ejecución del proyecto, presentar un cronograma, contratar terceros mediante licitación privada abierta, garantizar la interventoría y entregar el proyecto terminado y en uso u operación. En caso de incumplimiento, se causarán intereses moratorios y se aplicarán sanciones, incluyendo la obligación de pagar el impuesto pendiente y la entrega de las obras ejecutadas a la entidad pública sin derecho a reembolso.
Se crea un Banco de Proyectos de Inversión Regional administrado por el DNP, que identificará, registrará y priorizará proyectos compatibles con los planes de desarrollo territorial y que cuenten con viabilidad técnica, jurídica, financiera, ambiental y social. Los municipios, distritos, departamentos, entidades públicas y contribuyentes podrán presentar proyectos para su evaluación e incorporación.
El proyecto también regula los costos reconocibles, la financiación conjunta por varios contribuyentes y establece que la obligación tributaria se extinguirá únicamente por el valor certificado de obras, bienes o servicios efectivamente ejecutados y puestos en operación.
Finalmente, se establece un plazo máximo de seis meses para que el Gobierno nacional expida la reglamentación correspondiente, en coordinación con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el DNP y la DIAN.
La exposición de motivos justifica la iniciativa en principios constitucionales como el Estado social de derecho, la descentralización territorial, la igualdad material, la intervención económica del Estado, la autonomía financiera de las entidades territoriales y los principios del sistema tributario colombiano.
Se destaca la continuidad del impuesto sobre la renta como tributo nacional bajo administración de la DIAN y el fortalecimiento de la participación territorial en la formulación y ejecución de proyectos de inversión.
El marco legal incluye referencias a normas como la Ley 1819 de 2016 (mecanismo Obras por Impuestos), el Estatuto Tributario, el Decreto 1625 de 2016 (reglamentación tributaria), el Decreto 1742 de 2020 (estructura y competencias de la DIAN), el Estatuto Orgánico del Presupuesto, la Ley 152 de 1994 (planeación), la Ley 1454 de 2011 (ordenamiento territorial), la Ley 1473 de 2011 (regla fiscal), la Ley 1437 de 2011 (procedimiento administrativo), la Ley 610 de 2000 (responsabilidad fiscal), la Ley 1712 de 2014 (transparencia), la Ley 2195 de 2022 (prevención de la corrupción), entre otras.
Se cita la Sentencia C-316 de 2025 de la Corte Constitucional, que reconoce la autonomía territorial y financiera de las entidades territoriales, distinguiendo entre fuentes endógenas (recursos propios) y exógenas (recursos provenientes de la Nación). La sentencia establece que el legislador tiene un mayor margen de configuración sobre las fuentes exógenas y que la intervención sobre recursos propios debe estar justificada y ser proporcionada.
El proyecto de ley recae sobre una fuente exógena (impuesto nacional sobre la renta) y fortalece la autonomía territorial al permitir la participación activa de los entes territoriales en la selección y aprobación de proyectos, sin afectar la administración ni propiedad de sus recursos propios.
Se señala que el proyecto no impone gasto obligatorio sino que autoriza al Gobierno para incluir las partidas necesarias en el Presupuesto General de la Nación. Se menciona que el mecanismo Obras por Impuestos ya está reglamentado y en funcionamiento. La Corte Constitucional ha reconocido que el análisis de impacto fiscal corresponde principalmente al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y no constituye un requisito excluyente para la aprobación legislativa.
Con base en la Ley 2003 de 2019, el proyecto se considera de carácter general, impersonal y abstracto, por lo cual no genera conflicto de interés para los congresistas en su discusión y votación. Se recuerda que el beneficio particular debe ser actual, directo y específico para configurar conflicto, y que no se identifica tal situación en este caso.
En conclusión, el Proyecto de Ley Nº 038 de 2026 presenta una iniciativa innovadora que busca fortalecer la inversión pública territorial mediante un mecanismo voluntario y transparente. Al permitir que las personas jurídicas contribuyentes del impuesto sobre la renta destinen parte de su impuesto a proyectos que promuevan el desarrollo regional, se espera potenciar la equidad y el crecimiento sostenible en los municipios y departamentos del país, garantizando el control, la eficiencia y la participación de múltiples actores en la gestión de los recursos.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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