Identificación del acta y tema central
La Comisión de Salud sesionó el 30 de julio de 2026 para analizar el proyecto que se convirtió en la Ley 2616 de 2026, publicada en el Diario Oficial No. 53.571 el 31 de julio de 2026. El tema central fue la creación de una política pública integral de salud y protección social destinada a la eliminación de la tuberculosis en Colombia. Se discutieron disposiciones para la atención integral de personas afectadas, incluyendo aspectos de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y protección social, con un enfoque diferencial para poblaciones vulnerables.
Decisiones adoptadas
La Comisión aprobó la Ley 2616 de 2026, que incluye:
- Establecimiento de la política pública integral para tuberculosis con lineamientos técnicos y sociales.
- Definición clara de términos técnicos y poblaciones clave afectadas, incluyendo coinfección con VIH.
- Reconocimiento de derechos y deberes de las personas afectadas.
- Creación del Sistema Nacional de Protección y Bienestar para personas con tuberculosis.
- Creación del Consejo multisectorial para la protección, bienestar y prosperidad social de las personas afectadas.
- Obligaciones a entidades territoriales, ministerios y actores del sistema de salud para implementar la política.
- Declaratoria de tuberculosis como enfermedad de interés público.
- Incorporación de estrategias de vigilancia epidemiológica, información y control en todo el territorio nacional.
- Inclusión de enfoques territoriales, diferenciales, interculturales y de género en la atención.
- Promoción de participación comunitaria y fortalecimiento de organizaciones de la sociedad civil.
- Fomento a la investigación, innovación, formación académica y uso de nuevas tecnologías en salud.
- Reglamentación de la ley en un plazo máximo de 24 meses.
Proyectos y temas objeto de discusión
El proyecto objeto de discusión fue la Ley 2616 de 2026, cuyo objeto es establecer una política pública integral orientada a la eliminación de la tuberculosis en Colombia. El texto normativo aborda desde la definición de conceptos clave, principios rectores, políticas de salud pública, derechos y deberes de las personas afectadas, hasta la creación de sistemas de protección social y mecanismos de gestión multisectorial. Se incluyen disposiciones específicas para poblaciones vulnerables como niños, migrantes, población privada de la libertad, habitantes de calle, pueblos étnicos, consumidores de sustancias psicoactivas y personas con coinfección VIH.
Posturas registradas en la sesión
Durante la sesión, los congresistas miembros de la Comisión expusieron diversas posiciones sobre los aspectos técnicos y sociales del proyecto. Algunas posturas destacaron la importancia de un enfoque integral que incluya la participación comunitaria y la protección social multisectorial. Se señalaron consideraciones sobre la necesidad de garantizar el acceso a servicios de salud con calidad y oportunidad, así como la importancia de la vigilancia epidemiológica y la coordinación interinstitucional.
También se registraron intervenciones que resaltaron la inclusión de enfoques diferenciales, territoriales e interculturales, especialmente para comunidades indígenas, afrodescendientes y otras poblaciones clave. Se mencionó la relevancia de fortalecer la atención en poblaciones en situación de vulnerabilidad, como personas privadas de la libertad, migrantes y habitantes de calle.
Se registraron comentarios relativos a la definición de deberes de las personas afectadas y la prevención de la propagación intencional de la enfermedad, conforme a lo establecido en el Código Penal.
En cuanto a la implementación, se discutió la necesidad de establecer mecanismos claros para la coordinación entre entidades territoriales, ministerios y actores del sistema de salud. Se mencionó la importancia del seguimiento a través del Consejo multisectorial y los Consejos Territoriales que se crearán para la gestión de la política pública.
Estado procesal y próximos pasos
Con la aprobación de la Ley 2616 de 2026, el proyecto queda en etapa de sanción presidencial y posterior promulgación. El Gobierno nacional deberá reglamentar la ley dentro de los 24 meses siguientes a su promulgación, estableciendo los protocolos, lineamientos técnicos, administrativos y operativos para su implementación.
Se prevé la creación y puesta en marcha del Sistema Nacional de Protección y Bienestar, así como del Consejo multisectorial para la protección, bienestar y prosperidad social de las personas afectadas por tuberculosis. Las entidades territoriales deberán conformar los Consejos Territoriales correspondientes y coordinar con las diferentes instancias del sector salud y protección social para implementar las acciones establecidas.
Asimismo, el Ministerio de Salud y Protección Social tendrá a su cargo la elaboración de una hoja de ruta para la eliminación de la tuberculosis, con objetivos, actividades e indicadores, en coordinación con el Consejo multisectorial.
Se espera que el Ministerio de Salud y Protección Social, en articulación con las entidades territoriales y otros actores, realice informes periódicos ante el Congreso de la República sobre los avances en la implementación de la política pública y el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan Nacional para Acelerar la Eliminación de la Tuberculosis.
| Etapa | Situación tras la sesión |
| Proceso legislativo | Aprobada por la Comisión de Salud y sancionada. |
| Reglamentación | Debe efectuarse en un plazo máximo de 24 meses tras promulgación. |
| Implementación | Creación del Sistema Nacional de Protección y Bienestar y consejos multisectoriales. |
| Supervisión y seguimiento | Informes periódicos ante el Congreso y seguimiento mediante entes creados. |