Entidad emisora, tipo de acto y fecha
El Decreto 0995 de 2026 fue expedido por el Departamento Administrativo de la Función Pública el 4 de agosto de 2026 y publicado en el Diario Oficial No. 53.578 el 5 de agosto de 2026.
Objeto de la norma
La norma modifica el Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector Función Pública, para incorporar la política de gestión ambiental institucional en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) y para integrar al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en el Consejo para la Gestión y el Desempeño Institucional.
Cambios normativos
- Adición del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible como integrante del Consejo para la Gestión y el Desempeño Institucional (artículo 2.2.22.1.3 del Decreto 1083 de 2015).
- Incorporación de la política de gestión ambiental institucional como política dentro del MIPG (artículo 2.2.22.2.1 del Decreto 1083 de 2015).
Obligaciones creadas
- Las entidades públicas deberán incorporar criterios de sostenibilidad ambiental en sus procesos de planeación, ejecución, seguimiento y evaluación institucional, en el marco del MIPG.
- El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible tendrá la función de liderar la política de gestión ambiental institucional dentro del MIPG.
Ámbito de aplicación
La norma tiene alcance nacional y es aplicable a todas las entidades y organismos públicos sujetos al Modelo Integrado de Planeación y Gestión, que deberán integrar la política de gestión ambiental en sus procesos institucionales.
Excepciones o exclusiones
El decreto no establece excepciones ni exclusiones expresas respecto a su ámbito de aplicación.
Base legal
La expedición de esta norma se fundamenta en las facultades constitucionales del Presidente de la República, en especial el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y en el marco normativo del Decreto 1083 de 2015.
Vigencia y derogatorias
El Decreto 0995 de 2026 rige a partir del día siguiente a su publicación, es decir, desde el 6 de agosto de 2026. Modifica los artículos 2.2.22.1.3 y 2.2.22.2.1 del Decreto 1083 de 2015. No se establecen regímenes de transición ni plazos adicionales para la implementación.
Con esta normativa, se espera fortalecer el compromiso ambiental de las entidades públicas, promoviendo la sostenibilidad y la responsabilidad ecológica en la gestión pública, contribuyendo así al desarrollo sostenible del país.