Entidad emisora, objeto y alcance
La resolución fue expedida por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio el 5 de agosto de 2026. Su objeto es modificar la metodología para la focalización de beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural (SFVR), adoptada mediante la Resolución 0536 de 2020, incorporando una nueva categoría denominada Sostenibilidad Social y Ambiental. La norma tiene aplicación nacional y está dirigida a los hogares rurales potenciales beneficiarios del subsidio.
Cambios normativos introducidos
Se modifica el Anexo II de la Resolución 0536 de 2020, que contiene la metodología para la focalización poblacional del SFVR, mediante la integración de la categoría de Sostenibilidad Social y Ambiental. Esta categoría incluye un componente denominado “Territorios Biodiversos”, que prioriza hogares ubicados en los siguientes territorios y áreas:
- Territorios Campesinos Agroalimentarios (TECAM)
- Ecosistemas Acuáticos Agroalimentarios (EAA)
- Territorios Étnicos Constituidos (TEC)
- Áreas de Protección para la Producción de Alimentos (APPA)
- Zonas de Reserva Campesina (ZRC)
Adicionalmente, se traslada la variable Zonas de Reserva Campesina desde la categoría “Predios y Viviendas” al nuevo componente “Territorios Biodiversos” para articular la ponderación con el enfoque integral de hábitat y protección territorial.
Obligaciones creadas
- La Dirección de Vivienda Rural o quien haga sus veces debe actualizar los instrumentos operativos, formularios, herramientas y guías técnicas relacionados con el proceso de focalización para incorporar la nueva categoría.
- Dicha entidad debe definir y adoptar protocolos de interoperabilidad, cruce y actualización de bases oficiales para la verificación ágil y segura de las variables relacionadas con la nueva categoría, observando las normas de protección de datos personales y reserva legal.
- La Dirección de Vivienda Rural realizará seguimiento permanente a la implementación de la categoría, con énfasis en la focalización en territorios campesinos, étnicos y áreas estratégicas, así como en la gestión integral del hábitat y posibles ajustes técnicos metodológicos.
Ámbito de aplicación y sujetos regulados
La resolución aplica en todo el territorio nacional para la focalización de beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural. Está dirigida principalmente a hogares rurales con déficit habitacional que habitan en territorios campesinos, étnicos y áreas con instrumentos ambientales constituidos.
Excepciones o exclusiones
No se establecen excepciones o exclusiones expresas en la norma respecto a la aplicación de la metodología modificada.
Base legal
La expedición de la resolución se fundamenta en las facultades conferidas al Ministerio en el Decreto Ley 3571 de 2011, el Decreto 1077 de 2015, y en especial en el artículo 2.1.10.1.1.4.3 del citado decreto, así como en la Ley 2294 de 2023 y el Decreto 1341 de 2025.
Vigencia y régimen de transición
La resolución rige a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial (6 de agosto de 2026). Modifica el Anexo II de la Resolución 0536 de 2020 para las convocatorias que se abran con posterioridad a su entrada en vigencia. Asimismo, deroga las disposiciones que le sean contrarias. No se establecen plazos adicionales para la implementación, pero la Dirección de Vivienda Rural está encargada de realizar los ajustes operativos necesarios para garantizar la correcta aplicación de la nueva categoría en los procesos de focalización. Con estas modificaciones, se busca fortalecer la inclusión de criterios sostenibles y el reconocimiento de las particularidades territoriales en la asignación del subsidio, contribuyendo al desarrollo rural integral y al cuidado del medio ambiente.