Naturaleza de la providencia y tribunal
La providencia objeto de análisis es un auto emitido por la Comisión Nacional de Disciplina Judicial en ejercicio de su función como tribunal de segunda instancia en materia disciplinaria. La decisión fue adoptada en el contexto de la resolución de un conflicto negativo de competencias suscitado entre dos autoridades disciplinarias: la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá y la Procuraduría Primera Distrital de Instrucción de Bogotá.
Sentido de la decisión
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial resolvió:
- Asignar la competencia para conocer del proceso disciplinario contra la sociedad en calidad de auxiliar de la justicia – secuestre al órgano disciplinario especializado: la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá.
- Remitir el expediente respectivo a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá para que continúe con el trámite disciplinario.
- Informar a la Procuraduría Primera Distrital de Instrucción de Bogotá sobre esta decisión.
- Ordenar que la Secretaría Judicial adelante las comunicaciones necesarias para cumplir lo dispuesto.
Razón principal de la decisión
La decisión se sustenta en el análisis del ordenamiento jurídico vigente, que atribuye a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial y a sus Comisiones Seccionales la competencia exclusiva para conocer de los procesos disciplinarios contra auxiliares de la justicia, quienes son considerados particulares disciplinables dentro del régimen especial de la jurisdicción disciplinaria de la Rama Judicial.
Se tuvo en cuenta que:
- La Constitución Política y la legislación conexa (Ley 1952 de 2019 y Ley 2094 de 2021) establecen que la jurisdicción disciplinaria especializada es la encargada de ejercer la acción disciplinaria frente a funcionarios judiciales y particulares que colaboran en la administración de justicia, incluyendo a los auxiliares de la justicia.
- La Procuraduría General de la Nación tiene competencia para conocer procesos disciplinarios contra sus propios servidores y servidores públicos de elección popular, pero no para investigar a auxiliares de la justicia, función que corresponde a la jurisdicción disciplinaria especializada.
- La Comisión Nacional de Disciplina Judicial es la autoridad competente para dirimir conflictos de competencia dentro de la jurisdicción disciplinaria, conforme a la Ley 1952 de 2019 y su reglamento interno.
- La Circular expedida por la Procuraduría General de la Nación para asumir investigaciones contra auxiliares de la justicia resulta contraria a las disposiciones legales superiores que asignan esa competencia a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial y sus Comisiones Seccionales.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso disciplinario tiene su origen en una compulsa de copias ordenada por un juzgado civil del circuito de Bogotá, que puso en conocimiento posibles irregularidades atribuidas a la sociedad en calidad de auxiliar de la justicia – secuestre. Inicialmente, la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá inició el trámite disciplinario, pero remitió el expediente a la Procuraduría General de la Nación, alegando falta de competencia.
La Procuraduría Primera Distrital de Instrucción de Bogotá, a su vez, consideró que la competencia correspondía a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial y sus Comisiones Seccionales, por lo que remitió el expediente para que esta instancia dirimiera el conflicto de competencias suscitado.
El conflicto fue tramitado por la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, que inicialmente negó la ponencia del magistrado asignado y reasignó el expediente a otro magistrado ponente para su decisión definitiva.
Efectos jurídicos de la decisión
La decisión vincula a las autoridades disciplinarias involucradas, imponiendo la competencia exclusiva a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá para continuar con el proceso disciplinario. La Procuraduría Primera Distrital de Instrucción de Bogotá queda informada, pero sin competencia para conocer del asunto.
El expediente deberá ser remitido a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá, que asumirá el conocimiento y trámite del proceso disciplinario en contra de la sociedad en su calidad de auxiliar de la justicia.
Conclusión
El auto de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial aclara la competencia para conocer del proceso disciplinario contra auxiliares de la justicia, asignándola a la jurisdicción disciplinaria especializada dentro de la Rama Judicial, en particular, a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá, conforme a la normativa vigente y la interpretación de las disposiciones constitucionales y legales aplicables.
Esta decisión fortalece la seguridad jurídica en la administración de justicia, garantizando que las investigaciones disciplinarias se adelanten por la autoridad competente, respetando el marco normativo y los principios de debido proceso. Asimismo, se espera que contribuya a evitar futuros conflictos de competencia en casos similares, promoviendo la eficacia y claridad en la función disciplinaria.